Proceso de cobro de patentes impagas derechos de aprovechamiento de aguas - año 2021 - 15 de Septiembre de 2021 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 875708704

Proceso de cobro de patentes impagas derechos de aprovechamiento de aguas - año 2021

Fecha de publicación15 Septiembre 2021
Número de registroCVE-2007070
SecciónAvisos Destacados
EmisorMINISTERIO DE HACIENDA
Número de Gaceta43.055
CVE 2007070 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública IV
SECCIÓN
LICITACIONES, CONCURSOS, CITACIONES Y EXTRAVÍO DE DOCUMENTOS
Núm. 43.055 | Miércoles 15 de Septiembre de 2021 | Página 1 de 2
Avisos
CVE 2007070
MINISTERIO DE HACIENDA
Tesorería General de la República
PROCESO DE COBRO PATENTES IMPAGAS DERECHOS APROVECHAMIENTO
DE AGUAS-AÑO 2021
Juzgado de Letras de La Ligua, en autos "Fisco, Tesorería Provincial de La Ligua/Agrícola
Viña Zapallar S.A.", Rol N° C-469-2021, por resolución de 31 de mayo de 2021, ha resuelto.
Teniendo presente lo dispuesto en la ley N° 21.226 de 2 de abril de 2020 que establece un
régimen jurídico de excepción para los procesos judiciales, las disposiciones del decreto supremo
N° 104 de 18 de marzo de 2020 del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, declaración de
estado de excepción constitucional de catástrofe por calamidad pública, medida prorrogada en
virtud del decreto supremo N° 72 de fecha 11 de marzo de 2021, y en concordancia con las
instrucciones impartidas por la Excelentísima Corte Suprema en Acta N° 53-2020, Auto
Acordado de 8 de abril de 2020 y las medidas adoptadas por este Tribunal en los decretos
económicos N° 46-2020 de fecha 16 de marzo de 2020, y N° 59-2020 de fecha 30 de marzo de
2020, se provee demanda de Folio N° 1, A lo principal: Téngase por acompañada nómina
patentes impagas, sobre derechos de aprovechamiento de aguas. Despáchese mandamiento de
ejecución y embargo. Al primer otrosí: Como se pide, notifíquese mediante avisos a los titulares
de los derechos de aprovechamiento de aguas, a efectuarse en el Diario Oficial y en el Diario "El
Mercurio" de Valparaíso, en los términos que establece el artículo 129 bis 14 del Código de
Aguas. Al segundo otrosí: Ténganse por acompañados los documentos, en la forma solicitada. Al
tercer otrosí: Téngase presente y por acompañado documento. Cuantía: Indeterminada.
MANDAMIENTO DE EJECUCIÓN Y EMBARGO
La Ligua, 31 de mayo de 2021. En conformidad a lo previsto en el artículo 129 bis 11 y 129
bis 13, ambos del Código de Aguas, requiérase de pago a Agrícola Viña Zapallar S.A. y otros,
todos individualizados en la nómina acompañada al cuaderno ejecutivo, para que en el acto de su
requerimiento paguen a la Tesorería General de la República, o a quien sus derechos legalmente
represente, las sumas de dineros correspondientes a los valores de las patentes de los derechos de
agua impagas indicadas en la nómina precedentemente señalada. Si los ejecutados al momento
de su requerimiento no efectuaren el pago, trábese embargo sobre la parte de los derechos de
aprovechamiento afectos al pago de las patentes adeudadas, a fin de satisfacer el pago total de lo
debido, conforme a lo previsto en el artículo 129 bis 13, inciso final del Código de Aguas. Se
designan depositarios provisionales de los señalados bienes que se embarguen a los propios
ejecutados, bajo sus responsabilidades civiles y penales correspondientes. Así esta ordenado en
los autos caratulados "Fisco, Tesorería General de la República con Agrícola Viña Zapallar S.A.
y otros", Rol N° C-469-2021, de este Tribunal.

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