Proceso de cobro de patentes impagas derechos de aprovechamiento de aguas año 2021 - 15 de Julio de 2021 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 871039583

Proceso de cobro de patentes impagas derechos de aprovechamiento de aguas año 2021

Fecha de publicación15 Julio 2021
Número de registroCVE-1973891
SecciónAvisos Destacados
EmisorMINISTERIO DE HACIENDA
Número de Gaceta43.003
CVE 1973891 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública IV
SECCIÓN
LICITACIONES, CONCURSOS, CITACIONES Y EXTRAVÍO DE DOCUMENTOS
Núm. 43.003 | Jueves 15 de Julio de 2021 | Página 1 de 3
Avisos
CVE 1973891
MINISTERIO DE HACIENDA
Tesorería General de la República
Tesorería Provincial de Linares
PROCESO DE COBRO PATENTES IMPAGAS
DERECHOS APROVECHAMIENTO DE AGUAS AÑO 2021
Juzgado de Letras de Parral, en autos caratulados "Fisco-Tesorería Provincial de Linares
con Hidroeléctrica Alto Perquilauquén S.A.", Rol C-231-2021, por resolución de fecha treinta y
uno de mayo de dos mil veintiuno, ha resuelto: "A lo principal: Téngase por acompañada nómina
de derechos de aprovechamiento de aguas con patentes impagas. Despáchese mandamiento de
ejecución y embargo. Al Primer Otrosí: Como se pide, efectúense las publicaciones legales en el
Diario Oficial y el diario La Prensa de circulación regional. Al Segundo Otrosí: Por
acompañados digitalmente documentos, con citación. Al Tercer y Cuarto Otrosí: Téngase
presente. En Parral, a treinta y uno de mayo de dos mil veintiuno, se notificó por el estado diario
la resolución precedente. /Emb. Firma electrónicamente Juez Titular Pablo Dionisio Ramos
Abarzúa.
MANDAMIENTO DE EJECUCIÓN Y EMBARGO
Parral, treinta y una de mayo de dos mil veintiuno. De conformidad a lo previsto en el
artículo 129 bis del Código de Aguas, requiérase de pago a todos los individualizados en la
nómina acompañada con la demanda, para que en el acto de su requerimiento paguen a la
Tesorería General de la República o a quien sus derechos legalmente represente, las sumas de
dinero correspondientes a los valores de las patentes de derechos de aguas impagas indicadas en
la nómina precedentemente señalada. Si los ejecutados al momento de su requerimiento no
efectuaren el pago, trábese embargo sobre la parte de los derechos de aprovechamiento afectos al
pago de las patentes adeudadas, a fin de satisfacer el pago total de lo debido, conforme a lo
previsto en el artículo 125 bis 13, inciso final del Código de Agua. Se designan depositarios
provisionales de los señalados bienes que se embarguen a los propios ejecutados, bajo sus
responsabilidades civiles y penales correspondientes. Así está ordenado en los autos ejecutivos
de este tribunal individualizados precedentemente. Firma electrónicamente Juez Titular Pablo
Dionisio Ramos Abarzúa.
Nómina de derechos de patentes impagas de las comunas de Parral, Retiro, Longaví y
Colbún, año 2021, resolución exenta Nº 2.662, del Director General de Aguas de fecha 28 de
diciembre de 2020, publicada en el Diario Oficial el 15 de enero de 2021.

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