Decreto 123 - ESTABLECE CRITERIOS, CONDICIONES Y PROCEDIMIENTO DE SELECCION RESPECTO LOS PROGRAMAS REGIONALES DE INVESTIGACION CIENTIFICA Y TECNOLOGICA, AÑO 2004 - MINISTERIO DE EDUCACIÓN - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 242097346

Decreto 123 - ESTABLECE CRITERIOS, CONDICIONES Y PROCEDIMIENTO DE SELECCION RESPECTO LOS PROGRAMAS REGIONALES DE INVESTIGACION CIENTIFICA Y TECNOLOGICA, AÑO 2004

EmisorMINISTERIO DE EDUCACIÓN
Rango de LeyDecreto

ESTABLECE CRITERIOS, CONDICIONES Y PROCEDIMIENTO DE SELECCION RESPECTO LOS PROGRAMAS REGIONALES DE INVESTIGACION CIENTIFICA Y TECNOLOGICA, AÑO 2004

Núm. 123.- Santiago, 6 de mayo de 2004.- Visto: El artículo 35 de la Constitución Política de la República de Chile; artículo 6º de la ley Nº16.746; decreto supremo de Educación Nº491 de 1971; el ítem 09.08.01.25.33.166, Glosa 09 y 168 Glosa 10 de la ley Nº19.915 de Presupuestos del Sector Público y la resolución N°520 de 1996 de Contraloría General de la República, y

Considerando:

La existencia de los Programas Regionales de Investigación Científica y Tecnológica, en adelante Programas Regionales, que tienen como objetivo fundamental corregir las desigualdades existentes en el nivel de desarrollo científico y tecnológico regional y se espera expandir y descentralizar, desde una perspectiva geográfica e institucional, la distribución de los recursos humanos, financieros y materiales para la Investigación y Desarrollo;

El apoyo a la conducción superior de los Programas Regionales y la selección de los proyectos que financia dicho fondo, institucionalizado en Conicyt mediante un Jurado Colegiado Especial integrado por personalidades de trayectoria y excelencia académica, experiencia en actividades de Investigación y Desarrollo tanto en el ámbito académico como empresarial y regional;

La asignación de recursos a los Programas en todas las disciplinas a los cuales optan instituciones regionales, que cuenten con el auspicio del Gobierno Regional correspondiente, en condiciones de igualdad de oportunidades;

El decreto (Hda.) Nº 408 del 2003, mediante el cual se autorizó al Ministerio de Hacienda la contratación de un préstamo con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF);

El objeto que tiene el préstamo antes mencionado, en orden al financiamiento parcial del denominado "Proyecto de Ciencia para la Economía del Conocimiento", y

La calidad de órgano ejecutor del Proyecto precedentemente citado que tiene Conicyt, de acuerdo al artículo 3º del decreto (Hda.) Nº408 del 2003.

Decreto:

Artículo primero

Fíjanse los siguientes criterios, condiciones y procedimiento de selección respecto los Programas Regionales de Investigación Científica y Tecnológica, Año 2004:

  1. CRITERIOS DE SELECCION DE PROYECTOS REGIONALES

    1.1. TIPO DE PROYECTOS

    Los Programas Regionales podrán financiar

    proyectos de:

    1. Creación de Unidades Regionales de

      Desarrollo Científico y Tecnológico.

    2. Creación de Consorcios Regionales de

      Investigación y Desarrollo Cooperativo.

      1.2. BENEFICIARIOS

      Tendrán la calidad de beneficiarias las

      instituciones que cumplan los siguientes

      requisitos: i) poseer la calidad de persona

      jurídica nacional sin fines de lucro; ii)

      tener una existencia legal de, a lo menos,

      cinco años al momento de la postulación, y

      iii) tener como objetivo (indicado

      expresamente en sus estatutos) realizar

      actividades de investigación y desarrollo

      y acreditar fehacientemente que han

      desarrollado dichas actividades, al menos

      durante los últimos cinco años.

      Entre las Instituciones habilitadas para

      participar se incluyen: universidades

      (públicas o privadas), institutos y centros

      tecnológicos y de investigación (públicos o

      privados).

      Podrán postular instituciones de las señaladas

      en el párrafo anterior de cualquiera de las

      regiones del país, excepto de la Región

      Metropolitana;

      1.3. PARTICIPACION DEL GOBIERNO REGIONAL

      El Gobierno Regional tendrá la calidad de

      auspiciador del Proyecto y lo financiará

      parcialmente, además, asumirá la coordinación

      de las instituciones de la Región

      involucradas.

      El Gobierno Regional auspiciador del proyecto

      que resultare seleccionado aportará los

      recursos de co-financiamiento del proyecto, ya

      sea, con fondos propios o de terceros,

      debiendo financiar el mismo monto solicitado

      a Conicyt. El aporte del Gobierno Regional

      debe efectuarse en dinero;

      1.4. PARTICIPACION DE EMPRESAS U OTRAS ENTIDADES

      Sin perjuicio de lo señalado en el párrafo

      precedente, en los...

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