Decreto núm. 889, publicado el 24 de Enero de 1994. PROMULGA EL ACUERDO BASICO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DE CHILE Y EL INSTITUTO INTERAMERICANO DE COOPERACION PARA LA AGRICULTURA, SOBRE RELACIONES INSTITUCIONALES, PRIVILEGIOS E INMUNIDADES ACUERDOS INTERNACIONALES, INSTITUTO INTERAMERICANO COOPERACION AGRICULTURA, CHILE, PRIVILEGIOS, INMUNIDADES, RELACIONES INSTITUCIONALES - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 471173690

Decreto núm. 889, publicado el 24 de Enero de 1994. PROMULGA EL ACUERDO BASICO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DE CHILE Y EL INSTITUTO INTERAMERICANO DE COOPERACION PARA LA AGRICULTURA, SOBRE RELACIONES INSTITUCIONALES, PRIVILEGIOS E INMUNIDADES ACUERDOS INTERNACIONALES, INSTITUTO INTERAMERICANO COOPERACION AGRICULTURA, CHILE, PRIVILEGIOS, INMUNIDADES, RELACIONES INSTITUCIONALES

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Rango de LeyDecreto

PROMULGA EL ACUERDO BASICO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DE CHILE Y EL INSTITUTO INTERAMERICANO DE COOPERACION PARA LA AGRICULTURA, SOBRE RELACIONES INSTITUCIONALES, PRIVILEGIOS E INMUNIDADES ACUERDOS INTERNACIONALES, INSTITUTO INTERAMERICANO COOPERACION AGRICULTURA, CHILE, PRIVILEGIOS, INMUNIDADES, RELACIONES INSTITUCIONALES

Núm. 889.- Santiago, 3 de Agosto de 1993.- Visto: Los artículos 32, N° 17, y 50, N° 1, de la Constitución Política de la República.

Considerando:

Que con fecha 23 de enero de 1991 se suscribió entre el Gobierno de la República de Chile y el Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura, el Acuerdo Básico sobre Relaciones Institucionales, Privilegios e Inmunidades.

Que dicho Acuerdo ha sido aprobado por el Congreso Nacional, según consta en el oficio N° 840, de 15 de julio de 1992, de la Honorable Cámara de Diputados.

Que se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 21 del mencionado Acuerdo.

Decreto:

Artículo único

Apruébase el Acuerdo Básico entre el Gobierno de la República de Chile y el Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura, sobre Relaciones Institucionales, Privilegios e Inmunidades, suscrito en Santiago el 23 de enero de 1991.

Anótese, tómese razón, regístrese y publíquese.- PATRICIO AYLWIN AZOCAR, Presidente de la República.- Enrique Silva Cimma, Ministro de Relaciones Exteriores.

Lo que transcribo a US. para su conocimiento.- Raúl Orellana Ramírez, Director General Administrativo.

ACUERDO BASICO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DE CHILE Y EL INSTITUTO INTERAMERICANO DE COOPERACION PARA LA AGRICULTURA SOBRE RELACIONES INSTITUCIONALES, PRIVILEGIOS E INMUNIDADES

El Gobierno de la República de Chile (en adelante denominado Chile o el Gobierno), representado por su Ministro de Relaciones Exteriores Don Enrique Silva Cimma, y el Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura (en adelante denominado el IICA o el Instituto), representado por su Director General Don Martín E. Piñeiro,

Considerando

Que la República de Chile aprobó la Convención sobre el Instituto Interamericano de Ciencias Agrícolas, abierta a la firma de los Estados Americanos el 15 de enero de 1994;

Que Chile aprobó asimismo la nueva "Convención sobre el Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura", que cambia la denominación de "Instituto Interamericano de Ciencias Agrícolas" por la de "Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura", amplía sus fines y funciones, y reforma su estructura básica;

Que la nueva Convención sobre el Instituto entró en vigor el día 8 de diciembre de 1980, con lo cual se vino a reemplazar jurídicamente a la antigua Convención ya citada;

Que de conformidad con lo dispuesto por la nueva Convención sobre el Instituto, el IICA goza en el territorio de los Estados Miembros de personalidad jurídica y de privilegios e inmunidades para el personal en ejercicio de sus funciones y para la realización de sus propósitos lo que serán determinados, cuando se estime necesario, en acuerdos que el Instituto celebre bilateralmente con los Estados Miembros;

Que con fecha 15 de abril de 1966, el Gobierno había suscrito con el Instituto Interamericano de Ciencias Agrícolas un Acuerdo Básico sobre Privilegios e Inmunidades, el que fue luego revisado y ratificado, y cuyo texto se hace necesario actualizar conforme con las disposiciones de la nueva Convención sobre el Instituto; y Que el Director General del Instituto ha sido debidamente autorizado por la Junta Interamericana de Agricultura, mediante Resolución IICA/JIA/Res. 24 (II-E-82) para negociar y suscribir Acuerdos Básicos sobre Privilegios e Inmunidades con los Estados Miembros, al amparo de la nueva Convención.

Acuerdan

CAPITULO I Personalidad y Capacidad Jurídica Artículos 1 a 5

del Instituto

Artículo 1

El Gobierno reconoce al IICA como un Organismo Internacional regido por su Convención, formado por Estados Miembros, de ámbito interamericano, con personalidad jurídica internacional plena, especializado en agricultura; y, de conformidad con la Carta de la...

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