Presupuesto del Sector Público para el año 2006. - Proyectos de Ley - Iniciativas legislativas - VLEX 914498242

Presupuesto del Sector Público para el año 2006.

Fecha04 Octubre 2005
Fecha de registro04 Octubre 2005
Número de Iniciativa3993-05
EtapaTramitación terminada Ley Nº 20.083 (Diario Oficial del 29/11/2005)
MateriaPRESUPUESTO SECTOR PÚBLICO
Cámara Legislativa de OrigenMensaje,Cámara de Diputados
Tipo de proyectoProyecto de ley
MENSAJE DE S





MENSAJE DE S.E. EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CON EL QUE SE INICIA EL PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTOS DEL SECTOR PUBLICO PARA EL AÑO 2006.

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SANTIAGO, septiembre 13 de 2005





M E N S A J E Nº 274-353/





Honorable Cámara de Diputados:



A S.E. EL


PRESIDENTE


DE LA H.


CAMARA DE


DIPUTADOS






I. ANTECEDENTES.


A través de la Ley de Presupuestos del Sector Público el Congreso, como titular de la soberanía popular, otorga al Ejecutivo y a los demás órganos e instituciones del Estado la autoridad legal para aplicar los recursos fiscales. El Presupuesto sintetiza el conjunto de las actividades, programas y políticas que las instituciones que integran el gobierno central llevarán a cabo durante todo un año, debiendo reflejar en la distribución de esos recursos las obligaciones, compromisos y prioridades en las que se debe enmarcar su gestión. El Presupuesto es también la principal herramienta de la política fiscal, expresando las orientaciones de la misma y proporcionando señales claves a los agentes económicos y a la población en general sobre la conducción económica.

Todo lo anterior realza la trascendencia que tiene la presentación del Proyecto de Ley de Presupuestos del Sector Público al Congreso Nacional en la gestión de gobierno.

El Proyecto de Ley de Presupuestos del Sector Público para el año 2006, que someto a la consideración del H. Congreso Nacional, se diferencia de los cinco anteriormente presentados bajo el gobierno que presido. Ello ocurre porque este presupuesto tiene una doble característica: por un lado, se trata del último que habrá sido preparado por la actual administración y, por otro, será el primer presupuesto que le corresponda aplicar a las autoridades que asuman la conducción del país en marzo próximo.

En su carácter de último presupuesto de la actual administración, el proyecto que se presenta debe asegurar el cumplimiento del conjunto de iniciativas, reformas y metas que mi gobierno comprometió alcanzar en el ejercicio de su mandato. Algunas de esas metas, como el incremento de 120.000 cupos en la educación prebásica para niños y niñas de hogares de escasos recursos, se fijaron para el período 2000-2006 y este presupuesto debe incluir los recursos para completar lo que aún falte. Asimismo, algunas reformas, como la aplicación del régimen de garantías explícitas en salud contenido en el Plan AUGE, se comprometieron en plazos que sobrepasan el de la actual administración, pero el presupuesto de 2006 debe asegurar que se den los pasos necesarios para que la meta se cumpla oportunamente.

Un sello del gobierno que presido ha sido la seriedad de sus compromisos con la ciudadanía, estableciendo metas y plazos precisos para cumplirlas. La revisión de las propuestas contenidas en este Proyecto de Ley de Presupuestos brindará una oportunidad única para rendir cuentas al respecto.

El hecho de que la Ley de Presupuestos que apruebe el H. Congreso Nacional para 2006 sea la primera que le corresponda aplicar a la próxima administración, adquiere particular connotación con la reducción del período presidencial a cuatro años recientemente aprobada por esta misma corporación como parte del paquete de reformas a la Constitución Política. Es así como para las autoridades que asuman en marzo próximo, el presupuesto de 2006 cubrirá los primeros diez meses de su mandato, lo que equivale a poco más de la quinta parte del mismo.

En estas circunstancias adquiere particular relevancia la solidez del estado de las cuentas fiscales y el grado de flexibilidad que admita el presupuesto, pues ambos factores determinarán la posibilidad de que el próximo gobierno pueda aplicar sus prioridades desde los inicios de su mandato.

Ambas preocupaciones respecto del Proyecto del Ley de Presupuestos del Sector Público para 2006 –el cumplimiento de las metas del actual gobierno y los espacios de flexibilidad con que pueda contar el próximo—se suman a los elementos de continuidad en el funcionamiento del estado que un presupuesto debe necesariamente garantizar. Esto se expresa en obligaciones legales y contractuales del sector público y en requerimientos de funcionamiento de las instituciones públicas que sirven a la población.

II. MARCO GLOBAL

El Proyecto de Ley de Presupuestos del Sector Público para 2006 contempla recursos en moneda nacional por $ 14.763.933 millones y recursos en moneda extranjera convertida a dólares por 2.519 millones de dólares. Estos montos han sido determinados aplicando la regla de política fiscal adoptada por el gobierno que presido de generar anualmente un superávit estructural del gobierno central consolidado equivalente a 1% del Producto Interno Bruto (PIB).

La aplicación de esta regla desde 2001 ha sido ampliamente beneficiosa para el país, permitiendo, al mismo tiempo, dar una señal de disciplina y responsabilidad en la conducción de las finanzas públicas en el mediano plazo y permitir que éstas operaran de modo contracíclico en el corto plazo.

En el período de vigencia de la regla de superávit estructural la economía chilena experimentó un ciclo completo de actividad, sufriendo el embate de una crisis de la economía mundial en 2001-2003, expresada en un deterioro en los términos de intercambio de Chile similar a la de la crisis de 1982-83, y una plena recuperación del precio del cobre, la demanda interna, la inversión y el crecimiento a partir de fines de 2003. A lo largo de este ciclo, las finanzas públicas jugaron el papel contracíclico que se esperaba de la aplicación de la regla de política, generando déficit en 2001-2003 y superávit en 2004 y 2005.

En contraste con quienes en el período de adversidad externa argumentaron que el superávit estructural era un parámetro ficticio, que escondía déficit permanentes, al cabo de seis años de aplicación de esta política, si se incluye la propuesta contenida en el Proyecto de Presupuesto para 2006, el balance estructural del gobierno central habrá promediado 0,9% del PIB y el balance efectivo promediará la misma cifra, con completa simetría de este último en el comportamiento de las cifras anuales. Ello corresponde exactamente a lo que el gobierno señaló que ocurriría a lo largo del ciclo.

Pero en el período de vigencia de la regla de superávit estructural no sólo se constata su adecuada operación, sino que también su aporte a la estabilización de la economía nacional y al financiamiento de los programas públicos prioritarios para la ciudadanía. En efecto, en contraste con pasados episodios de shock externo, entre 2001 y 2003 la economía pudo seguir creciendo, limitar el aumento del desempleo y sostener el ritmo de crecimiento del gasto social y la inversión pública. Esta trayectoria se ha mantenido con la reversión favorable del ciclo, expresándose en la vuelta de la economía chilena a un crecimiento robusto, tasas históricas de inversión y avances sostenidos en las políticas...

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