PRESTACIONES MÉDICAS MUROMAR LIMITADA 76.018.731-3 - 15 de Noviembre de 2021 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 878197086

PRESTACIONES MÉDICAS MUROMAR LIMITADA 76.018.731-3

Fecha de publicación15 Noviembre 2021
Número de registroCVE-2041338
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta43.103
CVE 2041338 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 43.103 | Lunes 15 de Noviembre de 2021 | Página 1 de 1
Empresas y Cooperativas
CVE 2041338
EXTRACTO
JAIME ANDRES BERNALES LARRAIN, Notario Público con oficio en Avenida Vicuña
Mackenna Oriente número 7163, de la comuna de La Florida, certifica que: por escritura pública
de fecha 18 de octubre de 2021, otorgada ante mí, PRESTACIONES MÉDICAS MUROMAR
LIMITADA (la “Sociedad”), constituida con fecha 15 de abril del 2008, en la Notaria de
Santiago de don Luis Poza Maldonado, cuyo extracto fue inscrito a fojas 19.377 número 13.194
del año 2008 en el Registro de Comercio de Santiago; cuyos únicos y actuales socios son
Macarena Rodríguez Vial, Carmen Marta Luisa Sepúlveda Alegría, José Manuel Munita
Sepúlveda y la sociedad MMEL SpA, representada por José Manuel Munita Sepúlveda, todos
domiciliados en Joaquín Montero 3.000, oficina 701, comuna de Vitacura, acordaron modificar
la sociedad en las siguientes materias: /Uno/ José Manuel Munita Sepúlveda, con el
consentimiento de sus socios, vende, cede y transfiere el 100% de los derechos que es titular en
la Sociedad, los que equivalen a un 37,5% del total de los derechos en el capital social a
Macarena Rodríguez Vial quien los compra y adquiere para sí. El precio de esta cesión es la
suma ascendente a $150.000 que se pagan al contado. Carmen Marta Luisa Sepúlveda Alegría
con el consentimiento de sus socios, vende, cede y transfiere el 99,96% de los derechos que es
titular en la Sociedad, los que equivalen al 24,99% del total de los derechos en el capital social; a
Macarena Rodríguez Vial, quien los compra y adquiere para sí. El precio de esta cesión es la
suma de $99.900 que se pagan al contado. Carmen Marta Luisa Sepúlveda Alegría con el
consentimiento de sus socios, vende, cede y transfiere el 0,4% de los derechos que es titular en la
sociedad, los que equivalen al 0,01% del total de los derechos en el capital social a la sociedad
MMEL SpA quien los compra y adquiere para sí. El precio de esta cesión es de $100 que se paga
al contado. En conformidad a las cesiones de derechos mencionadas quedan como únicos socios
de la Sociedad doña Macarena Rodríguez Vial con un 99,9% de los derechos sociales y MMEL
con un 0,01% de los derechos sociales. /Dos/ Se modifica el artículo quinto de los estatutos
sociales, en el sentido de que la administración y uso de la razón social de la Sociedad
corresponderá a Macarena Rodríguez Vial. /Tres/ Se modifica el artículo segundo de los
estatutos sociales correspondiente al objeto de la sociedad, remplazando el establecido artículo
por el siguiente: a) la prestación de servicios médicos y de salud, sea en servicios de salud
privados o públicos, así como en domicilio particular del paciente, en forma directa o a través de
convenios, sean éstos particulares o a beneficiarios del Fondo Nacional de Salud o Institutos de
Salud Previsional servicios de bienestar de organismos del sector público o privado; b) la
actividad académica y la capacitación del profesional y técnica relacionada con el área médica;
c) invertir en toda clase de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, en toda clase
de sociedades y asociaciones, y d) ejecutar toda clase de actos que sean necesarios para el
cumplimiento del objeto de la sociedad o el desarrollo de sus giros. Los socios dejan expresa
constancia que limitan su responsabilidad al monto de los respectivos aportes. Se facultó al
portador de copia autorizada de la citada escritura para requerir todas las inscripciones,
subinscripciones, anotaciones y publicaciones que sean necesarias para lograr su completa
legalización. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 10 de noviembre
del año 2021.

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