PRESTACIONES MEDICAS BIANCO LIMITADA 76.670.700-9 - 19 de Julio de 2021 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 871113983

PRESTACIONES MEDICAS BIANCO LIMITADA 76.670.700-9

Número de registroCVE-1979131
Fecha de publicación19 Julio 2021
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta43.005
CVE 1979131 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl
DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 43.005 | Lunes 19 de Julio de 2021 | Página 1 de 1
Empresas y Cooperativas
CVE 1979131
EXTRACTO
COSME FERNANDO GOMILA GATICA, Notario Público Titular de la Cuarta Notaría de
Santiago, con oficio en Paseo Ahumada 341, 4º piso, Comuna de Santiago, certifico que por
escritura pública otorgada con fecha 09/07/2021, Repertorio 5.343/2021, ante mí, SERGIO
ANTONIO VALENZUELA URQUIDI, MANUEL JOSE GALLEGUILLOS ACUÑA, JUAN
PABLO ARAYA GALLEGUILLOS, DANIELA ALEJANDRA GALLEGUILLOS
VALENZUELA, y ANDREA BELÉN VALENZUELA GALLEGUILLOS, domiciliados en
Avenida La Dehesa mil doscientos uno, departamento seiscientos veintiuno, Lo Barnechea,
modifican PRESTACIONES MEDICAS BIANCO LIMITADA, inscrita a fojas cuarenta y un
mil quinientos ocho, número veintinueve mil cuatrocientos sesenta y nueve en el Registro de
Comercio de Santiago del año dos mil seis, en el siguiente sentido: 1) MANUEL JOSE
GALLEGUILLOS ACUÑA vende el uno por ciento de los derechos sociales a DANIELA
ALEJANDRA GALLEGUILLOS VALENZUELA, Asimismo; y, JUAN PABLO ARAYA
GALLEGUILLOS, vende el uno por ciento de los derechos sociales a ANDREA BELÉN
VALENZUELA GALLEGUILLOS; 2) Se modifica el Pacto social en cuanto: i)Se remplaza la
cláusula TERCERA respecto del objeto de la sociedad, el cual será: a) La prestación de servicios
relacionados con todas las áreas de la medicina y de la odontología, otorgar tratamientos médicos
y odontológicos generales o especiales, proporcionar atención médica y consultas en centros de
salud y a domicilio, informes, elaboración de proyectos, avances científicos e investigaciones en
el área de la salud; b) Obtener rentas de toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e
incorporales, y la explotación a cualquier título de dichos bienes y percepción de frutos y
productos que de ellos provengan. Queda expresamente comprendido el arrendamiento,
subarrendamiento, usufructo o cualquier otra forma cesión uso o goce temporal bienes corporales
muebles o inmuebles, se encuentren o no amoblados, inmuebles con instalaciones o maquinarias
que permitan el ejercicio de alguna actividad comercial o industrial y de todo tipo
establecimientos de comercio; y c) Cualquier otro negocio o actividad que se relacione con el
objeto principal.; ii) Se remplaza la cláusula CUARTA respecto de las facultades de la
administración, cuyo uso de la razón social corresponderá a SERGIO ANTONIO
VALENZUELA URQUIDI, con amplias facultades; y iii) Se remplaza la cláusula QUINTA
respeto del capital social, el cual es la suma de un millón de pesos, que los socios aportan:
SERGIO ANTONIO VALENZUELA URQUIDI novecientos ochenta mil pesos, equivalente al
noventa y ocho por ciento del capital social; ANDREA BELÉN VALENZUELA
GALLEGUILLOS, diez mil pesos, equivalente al uno por ciento del capital social, y, DANIELA
ALEJANDRA GALLEGUILLOS VALENZUELA, diez mil pesos, equivalente al uno por ciento
del capital social. Demás estipulaciones en escritura extractada. mmo.

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