Presenta bases del remate de bienes muebles - P - Primera Parte. Práctica Forense - Nueva Práctica Forense Concursal. Ley 20.720. Tomo II - Contratos - VLEX 903485177

Presenta bases del remate de bienes muebles

AutorAnibal Cornejo Manríquez
Cargo del AutorAbogado. Universidad de Chile
Actualizado aMarzo 2022

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EN LO PRINCIPAL: PRESENTA BASES DEL REMATE DE

BIENES MUEBLES. OTROSÍ: ACOMPAÑA DOCUMENTOS EN

FORMA LEGAL.

S. J. L. EN LO CIVIL

.............................liquidador, en Procedimiento Concursal sobre.......caratulado "......con....", en causa ROL........a US., con todo respeto digo:

Que, vengo en presentar a V.S., bases de remate de los siguientes bienes muebles que a continuación se individualizan, en base a los siguientes argumentos de hecho y derecho que paso a exponer:

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  1. - Respecto de los bienes muebles a rematarse.

    a)....................................marca.......modelo...................... cantidad .....estado de conservación..........precio fijado por la Junta Constitutiva de Acreedores $.....

    b)....................................marca.......modelo...................... cantidad.....estado de conservación..........precio fijado por la Junta Constitutiva de Acreedores $.....

    c)....................................marca.......modelo...................... cantidad .....estado de conservación..........precio fijado por la Junta Constitutiva de Acreedores $.....

  2. - Respecto del Martillero Concursal.

    1. Que, el martillero concursal designado, para efectuar la realización de los bienes recae en la persona........

    2. Que, el martillero concursal rendirá cuenta del remate dentro de 5 día ante la Superintendencia y se publicará en el Boletín Concursal, oportunamente.

  3. - Respecto del precio y demás condiciones del remate

    1. El remate se realizará el día..........., a las ............ horas, en el local ubicado en la ciudad de..............

    2. El mínimum para las posturas será la suma fijada por la Junta Constitutiva de Acreedores para cada uno de los bienes.

    3. El precio se pagará en dinero en efectivo, al martillero concursal quien deberá dar cuenta en su oportunidad en los términos del art. 216 de la Ley 20.720, no admitiéndose ninguna

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      excepción, que no sea el pago en moneda de curso legal del pago, sin excepción.

    4. En la subasta podrá participar cualquier persona, que cumpla con el pago en moneda de curso legal, sin limitación rigiéndose en los demás por el reglamento u ordenanza que fije el martillero concursal en cuanto orden, entrega, firma de recibos, emisión de facturas o cualquier documento mercantil exigido por la autoridad impositiva, etc.

    5. El subastador, deberá designar domicilio dentro del radio urbano de esta ciudad, en el acto del remate, a fin de remitírsele, según corresponda los documentos...

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