Las prácticas desleales en la negociación colectiva y su sanción
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GUÍA SOBRE LA NEGOCIACIÓN
COLECTIVA
Podrán actuar como ministros de fe el capitán de la nave o el Cónsul de Chile en
el país en dónde se encuentre la nave.
130.- Si la huelga es aprobada ¿cuándo se debe hacer efectiva?
Alsextodíadeaprobada,plazo quesepuedeprorrogar,decomúnacuerdode las
partes, por otros 6 días o vencido este plazo, en el primer puerto a que arribe
la nave.
131.- ¿Qué acontece si la nave se encuentra en el extranjero?
En este caso, la huelga sólo podrá hacerse efectiva si en el puerto respectivo existe
Cónsul chileno.
132.- En este caso ¿existe el reemplazo de los trabajadores en huelga?
Si la nave se encuentra en el extranjero, se aplica una regla especial, cual es que se
permite la contratación temporal de los mismos trabajadores involucrados en la huelga.
Estos contratos tendrán la vigencia que las partes acuerden, concluyendo si la huelga
llegare a nalizar o sí, la nave arribare a un puerto chileno, cualquieradeestas
circunstancias ocurra primero
133.- ¿Qué sucede, si los trabajadores no aceptan esta contratación temporal?
Si la huelga se inicia en puerto extranjero y no se logró acuerdo respecto a la
contratación temporal, el personal embarcado e involucrado en la huelga, podrá
solicitar ser llevado al puerto establecido en el contrato de embarco.
No podrán hacer uso de esta prerrogativa, cuando la oferta de contrato temporal,
haya sido realizada ofreciendo el empleador condiciones, a lo menos, iguales a las
convenidas en los contratosvigentes, circunstancia que certicará el respectivo
Cónsul de Chile.
XIV.- Las Prácticas desleales en la Negociación Colectiva.
134.- ¿Qué se entiende por practicas desleales en la negociación colectiva?
Son ciertas conductas cometidas dentro del proceso de la negociación colectiva,
queellegislador,con elobjetode darunaecaz protecciónalderecho quetienen
las partes para negociar colectivamente, ha determinado sancionar.
135.- ¿Quién comete practica desleal?
Cualquiera que incurra en conductas que atenten o estén destinadas a entorpecer
la negociación colectiva o su procedimiento. Pueden cometer alguna de estas
conductas:
•Losempleadores
•Lostrabajadores
•Lasorganizacionessindicales
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