POWERLED CHILE SpA 77.350.458-K - 8 de Julio de 2021 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 870699493

POWERLED CHILE SpA 77.350.458-K

Fecha de publicación08 Julio 2021
Número de registroCVE-1973592
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta42.997
CVE 1973592 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 42.997 | Jueves 8 de Julio de 2021 | Página 1 de 2
Empresas y Cooperativas
CVE 1973592
EXTRACTO
LUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY, Abogado, Notario Público Titular de la Octava
Notaría de Santiago, con oficio en esta comuna en calle Huérfanos N°941, local 302, Pasaje
Matte, comuna de Santiago. CERTIFICA: Por escritura pública de fecha 29-6-2021 otorgada
ante mí, el compareciente: DANIEL SIMON ORSI PEÑALOZA, Rut 15.957.754-6, domiciliado
en Ahumada 11, oficina 309, comuna de Santiago, ciudad de Santiago, Región Metropolitana,
representando a doña ISIDORA DEL ROSARIO VEGA ÑUÑEZ, Rut 20.712.278-5,
domiciliada en calle Los Realistas 572, comuna de El Monte, Región Metropolitana, viene en
sanear conforme a la ley 19.499, escritura de constitución de sociedad de “POWERLED CHILE
SpA” otorgada ante mí con fecha 29-03-2021, omitiendo en la escritura pública el domicilio que
ocupará, así como la duración de la sociedad. Este error no se repite en su extracto inscrito en el
Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, a fojas 26.273, bajo el
número 12.166 del año 2021, y en su publicación en el Diario Oficial con fecha 6-4-2021. El
compareciente y con el objeto de evitar nulidades viene en sanear la escritura pública ya
singulariza, en atención a lo señalado en la ley 19.499. De tal forma, en la escritura pública de
constitución de sociedad, ya individualizada, en la cláusula PRIMERA, título PRIMERO,
DONDE DICE: “TITULO PRIMERO. DEL NOMBRE, OBJETO, DOMICILIO Y DURACIÓN
Artículo Primero: El nombre de la sociedad es denominada “POWERLED CHILE SpA”.
Artículo Segundo: El objeto de la Sociedad será: a) la importación, exportación, distribución y
comercialización de artículos eléctricos, de iluminación, lámparas, luminaria y productos LED;
b) la explotación, compra, venta, administración, arriendo y cualquier otro acto o contrato
relacionado con bienes raíces urbanos, rurales o agrícolas sean estos propios o ajenos, así como
la intermediación y comercialización en forma directa o indirecta por cuenta propia o de tercero
de toda clase de bienes inmuebles; c) la inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles,
corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes
de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles,
comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Adquirir, enajenar y
explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir,
en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma,
administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras
sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; la compraventa, importación,
exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquiera clase de
cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes; y cualquier
actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con lo dicho y, d) asesoramiento
empresarial y en materia de gestión.”, DEBE DECIR: “TITULO PRIMERO. DEL NOMBRE,
OBJETO, DOMICILIO Y DURACIÓN Artículo Primero: El nombre de la sociedad es
denominada “POWERLED CHILE SpA”. Artículo Segundo: El objeto de la Sociedad será: a) la
importación, exportación, distribución y comercialización de artículos eléctricos, de iluminación,
lámparas, luminaria y productos LED; b) la explotación, compra, venta, administración, arriendo
y cualquier otro acto o contrato relacionado con bienes raíces urbanos, rurales o agrícolas sean
estos propios o ajenos, así como la intermediación y comercialización en forma directa o
indirecta por cuenta propia o de tercero de toda clase de bienes inmuebles; c) la inversión de
capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones,
promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de
sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos
o valores mobiliarios. Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial
bienes raíces, rústicos o urbanos, construir, en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos,
directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas
inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la
administración de las mismas; la compraventa, importación, exportación, distribución,

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