Potestades autoasignadas - 12 de Junio de 2021 - El Mercurio - Noticias - VLEX 868887212

Potestades autoasignadas

Un grupo de treinta y cuatro convencionales electos emitió un documento desafiando las potestades que recibieron de la ciudadanía para redactar una nueva Constitución. Afirman que para "hacer efectiva la soberanía popular de la constituyente" no requieren "subordinarse a un Acuerdo por la Paz que nunca suscribieron los pueblos"; agregan que el "poder constituyente originario" es "plenamente autónomo" para "reordenar el cuerpo político de la sociedad" y no "limitado a la redacción de una nueva Constitución bajo reglas inamovibles". A su juicio, la voluntad popular debe asegurarse por la "movilización social dentro y fuera de la Convención", un eufemismo para referirse al empeño que pequeños grupos vociferantes puedan realizar para imponer su voluntad mediante el amedrentamiento.Que este grupo de convencionales, que solo alcanza al 20% del total, pretenda arrogarse, por sí y ante sí, potestades que no le fueron conferidas por la reforma constitucional que regula el proceso, ni por la ciudadanía convocada a un plebiscito que aprobó sus términos, es lo contrario de la expresión de la voluntad popular que mañosamente pretenden invocar. En efecto, el artículo 133, que regula el funcionamiento de la Convención, dice que ella "deberá aprobar las normas y el reglamento de votación de las mismas por un quorum de dos tercios de sus miembros en ejercicio" y que "no podrá alterar los quorum ni procedimientos para su funcionamiento y para la adopción de acuerdos". A su vez, el artículo 135 dispone que "le quedará prohibido a la Convención, a cualquiera de sus integrantes o a una fracción de ellos, atribuirse el...

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