Resolución núm. 5339 EXENTA, publicado el 30 de Julio de 2013. EXIME DE REQUISITOS PARA POSTULAR EN LOS LLAMADOS A CONCURSO PARA EL OTORGAMIENTO DE SUBSIDIOS HABITACIONALES DEL FONDO SOLIDARIO DE ELECCIÓN DE VIVIENDA, DE ACUERDO AL ARTÍCULO 21 DEL DECRETO N° 49, DE 2011, A FAMILIAS DE LOS GRUPOS QUE INDICA DE LA REGIÓN DE AYSÉN - MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 468847342

Resolución núm. 5339 EXENTA, publicado el 30 de Julio de 2013. EXIME DE REQUISITOS PARA POSTULAR EN LOS LLAMADOS A CONCURSO PARA EL OTORGAMIENTO DE SUBSIDIOS HABITACIONALES DEL FONDO SOLIDARIO DE ELECCIÓN DE VIVIENDA, DE ACUERDO AL ARTÍCULO 21 DEL DECRETO N° 49, DE 2011, A FAMILIAS DE LOS GRUPOS QUE INDICA DE LA REGIÓN DE AYSÉN

EmisorMINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO
Rango de LeyResolución

EXIME DE REQUISITOS PARA POSTULAR EN LOS LLAMADOS A CONCURSO PARA EL OTORGAMIENTO DE SUBSIDIOS HABITACIONALES DEL FONDO SOLIDARIO DE ELECCIÓN DE VIVIENDA, DE ACUERDO AL ARTÍCULO 21 DEL DECRETO N° 49, DE 2011, A FAMILIAS DE LOS GRUPOS QUE INDICA DE LA REGIÓN DE AYSÉN

Santiago, 25 de julio de 2013.- Hoy se resolvió lo que sigue:

Núm. 5.339 exenta.- Visto:

  1. El DS N° 49 (V. y U.), de 2011, que reglamenta el Programa Fondo Solidario de Elección de Vivienda, especialmente lo establecido en su artículo 21;

  2. El Ord. N° 1.802, de fecha 25 de septiembre de 2012, del Director del Serviu de la Región de Aysén, en el que solicita la aplicación de la facultad contenida en el artículo 21 del reglamento mencionado en el Visto a), respecto de grupos, de la Región de Aysén y que se complementa con minuta que se adjunta, mediante la cual se corrige el número de grupos para los que se solicita exención de requisitos, se explicitan las exenciones que requieren personas específicas de los grupos indicados, y

    Considerando:

  3. Lo solicitado por el Director del Serviu de la Región de Aysén, en el oficio citado en el Visto b) de esta resolución, el comité "Río Ñirehuao", de la comuna de Coyhaique, compuesto por 15 familias, requiere eximir al grupo de la restricción de incluir como máximo a un 30% de familias pertenecientes hasta el tercer quintil de vulnerabilidad y de que al menos el 80% de sus integrantes cuenten con instrumento que acredite el ahorro con una antigüedad de a lo menos un año;

  4. Que el comité "Enfrentando El Futuro", de la comuna de Coyhaique, compuesto por 16 familias, no cumple con el requisito de incluir como máximo un 30% de familias pertenecientes hasta el tercer quintil de vulnerabilidad;

  5. Lo señalado en el oficio y minuta complementaria, citada en el Visto b) precedente, el comité "Río Ñirehuao" y el comité "Enfrentando El Futuro", ambos de la comuna de Coyhaique, se encuentran conformados hace más de 4 años y desde el año 2010 comenzaron a trabajar junto a la EGIS de la Ilustre Municipalidad de Coyhaique en proyectos de construcción en Zona Rural, bajo lo establecido en el decreto supremo N° 174 (V. y U.), de 2005, siendo sus integrantes evaluados bajo esa norma. Dado lo anterior actualmente existen integrantes que no cumplen con algunos requisitos establecidos en el DS N° 49 (V. y U.), de 2011, en lo relativo a la acreditación de núcleo familiar, al...

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