Decreto 4453 EXENTO - POSTERGA PERMISOS DE CONSTRUCCIÓN PARA LAS ACTIVIDADES PRODUCTIVAS DE TODO TIPO - MUNICIPALIDAD DE PUERTO MONTT - MUNICIPALIDADES - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 240472318

Decreto 4453 EXENTO - POSTERGA PERMISOS DE CONSTRUCCIÓN PARA LAS ACTIVIDADES PRODUCTIVAS DE TODO TIPO

EmisorMUNICIPALIDAD DE PUERTO MONTT
Rango de LeyDecreto

POSTERGA PERMISOS DE CONSTRUCCIÓN PARA LAS ACTIVIDADES PRODUCTIVAS DE TODO TIPO

Núm. 4.453 exento.- Puerto Montt, 3 de junio de 2008.- Vistos: Lo dispuesto en el artículo Nº 117, DFL Nº 458 de fecha 18.12.75 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo "Ley General de Urbanismo y Construcciones", D.O. 13.04.76.

Teniendo presente:

A.- El Plan Regulador Comunal de Puerto Montt, su Memoria Explicativa, Estudio de Factibilidad, su Ordenanza Local y tres Planos PMO-01; PMO-

02; PMO-03; escala 1:5000, aprobado por resolución Nº 6 del 8 de marzo de 1990, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Secretaría Regional Ministerial X Región de Los Lagos.

B.- La incompatibilidad del actual Plan Regulador Comunal de Puerto Montt, mencionado en la letra A precedente, con los antecedentes técnicos de la Modificación al Plan Regulador Comunal de Puerto Montt, PRC-PMO-2008, su Memoria Explicativa, Ordenanza Local y demás Estudios Complementarios, en proceso de aprobación.

C.- El Ord.: 14836-E-DDU6-Nº 706, del 28 de mayo 2008, de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo X Región de Los Lagos, que informa favorablemente la postergación de los permisos de construcción, señalados en los sucesivos artículos 1, 2, 3, 4, 5, del presente decreto.

Decreto:

Artículo 1

Postérguense los permisos de construcción para las actividades productivas de todo tipo, por un plazo de tres meses, en la Zona M, Zona M a, en el sector de Canal Tenglo, delimitada por la línea poligonal cerrada A-B-C-D-E-F-A, de acuerdo a lo graficado en el "Plano Postergación Permisos de Construcción" PPC-01-08 escala 1:7.500.

Artículo 2

Postérguense los permisos de construcción para actividades productivas de todo tipo, por un plazo de tres meses, en aquellos sitios que enfrenten Avenida Angelmó, entre las calles Independencia y Pacheco Altamirano, de la Zona M, delimitada por la línea poligonal cerrada.

A-B-C-D-E-F-G-A, sector Angelmó y en el área comprendida al poniente de la Avenida Pacheco Altamirano, al norte de la Caleta Angelmó y al sur de la zona ZR-3, "Protección de Quebradas Naturales", delimitada por la línea poligonal cerrada H-I-J-K-L-H, de acuerdo a lo graficado en el "Plano Postergación Permisos de Construcción" PPC-02-08 escala 1:7.500.

Artículo 3

Postérguense los permisos de construcción de todo tipo, por un plazo de tres meses en la Zona C3, sector 2, comprendido al sur y poniente de la Avenida...

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