POLIMET I 4, 1 AL 40 / Sedaghat Zowghi Mansour - 13 de Julio de 2021 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 870886329

POLIMET I 4, 1 AL 40 / Sedaghat Zowghi Mansour

Número de registroCVE-1975524
Fecha de publicación13 Julio 2021
SecciónBoletín Oficial de Minería
EmisorREGIÓN DE VALPARAÍSO
Número de Gaceta43.001
CVE 1975524 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública VII
SECCIÓN
PEDIMENTOS, MANIFESTACIONES, SOLICITUDES DE MENSURA, EXTRACTOS DE SENTENCIA
Núm. 43.001 | Martes 13 de Julio de 2021 | Página 1 de 2
BOLETÍN OFICIAL DE MINERÍA
CVE 1975524
FOJAS 288 Nº 124
MANIFESTACIÓN MINERA
POLIMET I 4, 1 AL 40
DE: MANSOUR SEDAGHAT ZOWGHI
REP. 141
PETORCA, a diecisiete de junio del año dos mil veintiuno, se me ha presentado para
inscribir, la siguiente manifestación minera. Materia: Manifestación Minera Código Materia:
M01 Procedimiento: Voluntario Solicitante: Mansour Sedaghat Zowghi. RUT: 10.095.212-2 EN
LO PRINCIPAL: Manifestación minera en uso del derecho que otorga concesión de exploración.
PRIMER OTROSÍ: Se tenga presente. SEGUNDO OTROSÍ: Acompaña documentos. S.J.L.
JUZGADO DE LETRAS Y GAR. DE PETORCA MANSOUR SEDAGHAT ZOWGHI,
chileno, casado, doctor en Ingeniería, cedula nacional de identidad N° 10.095.212-2, con
domicilio en Capote Aurífero 118, Villa Alberto Callejar, comuna de Petorca, Región de
Valparaíso, a US. respetuosamente digo: Que, mediante sentencia de fecha 12 de febrero de
2020, dictada por el Juzgado de Letras y Garantía de Petorca, en la causa Rol V-228-2019, se
constituyó la concesión de exploración denominada "POLIMET I 4”, a nombre de MANSOUR
SEDAGHAT ZOWGHI. Dicha sentencia se inscribió a foja 213 N° 103, del Registro de
Descubrimientos del Conservador de Minas de Petorca, correspondiente al año 2020. En mérito
de ello, y de acuerdo con lo dispuesto en el N° 5 del artículo 44 del Código de Minería, por este
acto vengo en solicitar a S.S. tener presente que esta manifestación se hace en uso del derecho
que otorga la mencionada concesión de exploración “POLIMET I 4”, de mi propiedad. En este
mismo sentido, cabe citar la norma contenida en el artículo 114 del Código de Minería, en cuanto
dispone que: “durante la vigencia de la concesión de exploración, sólo su titular puede manifestar
pertenencia dentro de los límites de aquella”. Asimismo, y conforme a lo dispuesto por el inciso
2° del artículo 41 del citado cuerpo codificador, esta manifestación debe tenerse por presentada
el 22 de agosto de 2019, por corresponder a la fecha en que se presentó el pedimento
denominado “POLIMET I 4”, que dio origen a la concesión de exploración en que se funda esta
manifestación. Precisado lo anterior, en ejercicio del derecho preferente establecido en las
disposiciones citadas, vengo en manifestar los terrenos comprendidos por la citada concesión de
exploración “POLIMET I 4”, con el objeto de constituir una concesión de explotación de
sustancias concesibles, de una superficie total de 200 hectáreas. Esta concesión de explotación
comprende 40 pertenencias, de 5 hectáreas cada una, las que se denominarán sucesiva y
correlativamente "POLIMET I 4, 1 AL 40". El Punto de Interés del terreno manifestado se
encuentra ubicado en la Comuna de Petorca, Provincia de Petorca, Región de Valparaíso y sus
coordenadas U.T.M. referidas al Elipsoide Internacional de Referencia de 1924, Datum
Provisorio Sudamericano, La Canoa 1956, Huso 19, son las siguientes: Norte 6.421.330,00
metros y Este 321.610,00 metros. De conformidad con lo dispuesto en el inciso 2° del artículo 46
del Código de Minería, hago presente que el terreno manifestado es el comprendido dentro de un
rectángulo, trazado imaginariamente en el plano horizontal, cuyas diagonales se cortan en el
punto de interés ya mencionado, siendo la longitud de sus lados con orientación U.T.M. norte-sur
de 1.000 metros y la longitud de sus lados con orientación U.T.M. este-oeste de 2.000 metros.
POR TANTO, en mérito de lo expuesto, y de conformidad a lo dispuesto en los artículos 41, 44 y
114 del Código de Minería, artículos 15 y 18 de su Reglamento y demás normas pertinentes,
RUEGO A S.S.: Se sirva tener por presentada manifestación minera en uso del derecho
preferente que otorga la concesión de exploración vigente denominada "POLIMET I 4",
ordenando su inscripción y publicación en conformidad a la ley, y, otorgándome la copia
autorizada al efecto, para que en definitiva se me otorgue la concesión de explotación solicitada.
PRIMER OTROSI: Ruego a S.S. tener presente que de acuerdo a lo establecido en el artículo 41,
inciso 2° del Código de Minería, para todos los efectos legales esta manifestación debe tenerse
por presentada el día 22 de agosto de 2019. POR TANTO, RUEGO A US. Tener presente lo

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