Polanco - Serrano - 15 de Marzo de 2023 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 925502994

Polanco - Serrano

Fecha de publicación15 Marzo 2023
Número de registroCVE-2283101
SecciónPublicaciones Judiciales
Número de Gaceta43.502
CVE 2283101 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública III
SECCIÓN
JUICIOS DE QUIEBRA, MUERTES PRESUNTAS, CAMBIOS DE NOMBRE Y RES. VARIAS
Núm. 43.502 | Miércoles 15 de Marzo de 2023 | Página 1 de 1
Publicaciones Judiciales
CVE 2283101
NOTIFICACIÓN
En causa RIT: V-257-2021, RUC: 21-2-2544492-4, caratulada Polanco/Serrano, del
Segundo Juzgado de Familia de San Miguel, sobre notificación cese convivencia, se ha resuelto
por resolución de 30 de enero de 2023, notificar en extracto el acta unilateral del cese de la
convivencia, su proveído de 02 de octubre de 2021 y la misma resolución, por avisos, a la parte
solicitada, don Jorge Patricio Serrano Mendoza, cédula de identidad Nº 11.865.837-K. En lo
principal de la solicitud, doña Mónica del Pilar Polanco Morris, cédula de identidad 9.641.957-0,
solicita ordenar la notificación judicial del acta unilateral de cese de convivencia extendida ante
el Oficial del Registro Civil de la comuna de San Ramón, a su cónyuge, ya individualizado Jorge
Patricio Serrano Mendoza, la que señala que a 07 de octubre de 2020, ante el Oficial Civil de San
Ramón, comparece doña Mónica del Pilar Polanco Moris, quien señala que contrajo matrimonio
con don Jorge Patricio Serrano Mendoza, según costa en la inscripción de matrimonio N°195 del
año 2000 de la circunscripción San Ramón. El compareciente expresa su voluntad de poner fin a
la vida en común, originada por el matrimonio precedentemente individualizado. En los otrosíes,
acompaña documentos, señala que goza de privilegio de pobreza, solicita forma especial de
notificación firma electrónica y designa abogado. El 02 de octubre de 2021, se tuvo por
interpuesta solicitud de notificación judicial de cese de convivencia. Se ordenó notificar. Se
tienen por acompañados los documentos, se tiene presente el privilegio, patrocinio y poder, y
firma electrónica, y se da lugar a la forma de notificación. El 30 de enero de 2023, atendido el
mérito de los antecedentes, lo informado por la ministro de fe del Tribunal y de conformidad a lo
dispuesto en el artículo 23 de la Ley N° 19.968, en relación con los artículos 27 de la misma ley,
y artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, no siendo posible notificar personalmente a la
parte solicitada, por difícil determinación de su domicilio, notifíquesele el acta unilateral del cese
de la convivencia, su proveído de 02 de octubre de 2021 y la presente resolución, para los efectos
del artículo 25 de la Ley N° 19.947, por avisos.- Resolvió doña Mónica Isabel Núñez
Bustamante, Juez Titular del Segundo Juzgado de Familia de San Miguel.- Demás antecedentes
de la solicitud y resolución extractadas se encuentran a disposición en la Oficina Judicial
Virtual San Miguel.- San Miguel, trece de febrero de dos mil veintitrés.- Sandra Andrea
Maldonado González, Ministro de Fe.

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