Poblete - Ibarra - 1 de Julio de 2022 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 906986097

Poblete - Ibarra

Fecha de publicación01 Julio 2022
Número de registroCVE-2146290
SecciónPublicaciones Judiciales
Número de Gaceta43.291
CVE 2146290 |Director Interino: Jaime Sepúlveda O.
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública III
SECCIÓN
JUICIOS DE QUIEBRA, MUERTES PRESUNTAS, CAMBIOS DE NOMBRE Y RES. VARIAS
Núm. 43.291 | Viernes 1 de Julio de 2022 | Página 1 de 1
Publicaciones Judiciales
CVE 2146290
NOTIFICACIÓN
Certifico: Que, en Quinta Normal, ante el Juzgado de Familia de Pudahuel, ubicado en San
Pablo 4455, Quinta Normal, se está tramitando causa por divorcio unilateral por cese de
convivencia causa RIT C-1503-2022 caratulada Poblete/Ibarra. Demanda interpuesta por doña
Elisa Emelina Poblete Vega en contra de Marcos Javier Miranda Gipoulou. En lo principal:
Demanda de divorcio unilateral por cese de convivencia; Primer otrosí: Solicita nombramiento
de defensor de ausentes; Segundo otrosí: Solicita oficio que indica; Tercer otrosí: Acompaña
documentos; Cuarto otrosí: Patrocinio y poder; Quinto otrosí: Forma especial de notificación.
Termina solicitando tener por interpuesta demanda de divorcio unilateral por cese de convivencia
en contra de don Hernán Francisco Ibarra Verches, ya individualizado, acogerla a tramitación y
en definitiva declarar el divorcio del matrimonio celebrado con fecha 16 de julio de 1979,
inscrito con el número 629 del año 1979, en la circunscripción del Servicio de Registro Civil e
Identificación de la comuna de Pudahuel, reinscrita bajo el número 425 del año 1980, de la
misma circunscripción, ordenando las subscripciones correspondientes. Por resolución de fecha 2
de junio de 2022: A lo principal: Téngase por deducida demanda de divorcio unilateral por cese
de la convivencia, traslado. Vengan las partes a la audiencia preparatoria que se realizará
mediante la plataforma virtual Zoom el día 3 de agosto de 2022, a las 11:30 horas. Al primer
otrosí: Desígnese como defensor de ausentes a don Cipriano Rodríguez Pino, a fin de que
represente al demandado en la presente causa de divorcio unilateral por cese de convivencia. Al
segundo otrosí: Estese a lo informado por Policía de Investigaciones de Chile, Departamento de
Migraciones a folio Nº 16. Al tercer otrosí: Téngase presente; ofrézcase e incorpórese en su
oportunidad procesal. Al cuarto otrosí: Téngase presente. Al quinto otrosí: Notifíquese en la
forma solicitada solamente las resoluciones que el Tribunal así lo ordene. Notifíquese a la
demandante a través de su apoderado mediante correo electrónico. Notifíquese a la parte
demandada don Hernán Francisco Ibarra Verches, cuyo último domicilio conocido es Pasaje
Orden de Santiago, N° 1193, Población Monseñor Manuel Larraín, comuna de Pudahuel, de la
demanda y su proveído, mediante la publicación de tres avisos que deberán insertarse en el diario
cabecera de la provincia los días viernes, sábado y domingo, inclusive. Todo ello, en forma
conjunta de la publicación del aviso que deberá insertarse en los números del Diario Oficial el
día 1 o 15 de cualquier mes, o al día siguiente, si no se ha publicado en las fechas indicadas, y
con a lo menos 15 días de antelación de la fecha de audiencia fijada. Requiérase a la parte
demandante acompañar copia de las publicaciones realizadas, dentro de 60 días a contar de la
notificación de la presente resolución, bajo apercibimiento de tenerse por no presentada la
demanda, en uso de las facultades que confiere el artículo 13 de la ley Nº 19.968. Firmada por
don Carlo Casaula Mezzano, Juez Titular del Juzgado de Familia de Pudahuel. Minuta redactada
por Katty Ellies G. Ministra de Fe del Juzgado de Familia de Pudahuel. Pudahuel, 2 de junio de
2022.

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