Decreto núm. 6, publicado el 14 de Enero de 2005. ORDENANZA SOBRE 'PROCEDIMIENTO Y PLAZOS PARA LA RECEPCION DE SOLICITUDES DE LA I. MUNICIPALIDAD DE MACUL'
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MUNICIPALIDAD DE MACUL |
Rango de Ley | Decreto |
ORDENANZA SOBRE "PROCEDIMIENTO Y PLAZOS PARA LA RECEPCION DE SOLICITUDES DE LA I. MUNICIPALIDAD DE MACUL"
Núm. 6 Secc. 1ª.- Macul, 4 de enero de 2005.-
Vistos:
Que es necesario establecer el procedimiento que fije plazos por el cual se regirá la recepción de solicitudes de la I. Municipalidad de Macul;
El Oficio D.J. Nº 231 de fecha 22 de diciembre de 2004;
El acuerdo Nº 9 adoptado por el Concejo Municipal en la Sesión Ordinaria Nº 3, de fecha 28 de diciembre de 2004; y
Considerando: Las facultades que me confiere la ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, en particular el artículo 10º del citado cuerpo legal;
D e c r e t o:
Díctase la siguiente ordenanza sobre procedimiento y plazos para la recepción de solicitudes de la I. Municipalidad de Macul:
La presente ordenanza establece el procedimiento y fija plazos para la recepción de solicitudes de la I. Municipalidad de Macul.
Las solicitudes de toda clase se ingresarán en la oficina de Partes y Reclamos, sin perjuicio de aquéllas que deban efectuarse en otras dependencias en virtud de otras ordenanzas o reglamentos. Asimismo, el Alcalde podrá recibir directamente solicitudes en sus salidas a terreno y en las audiencias que conceda. Toda solicitud deberá indicar el nombre, apellidos y domicilio del peticionario y estar firmada.
Una vez recepcionada la solicitud será remitida a la Secretaria Municipal para su tramitación posterior. Sin perjuicio de lo anterior, aquéllas que reciba el Alcalde, podrán ser derivadas directamente a las direcciones o funcionarios municipales correspondientes.
Las solicitudes se recibirán sólo hasta el día en que se pueda dar cumplimiento a la misma. Con el objeto de evitar la recepción de solicitudes cuyo cumplimiento sea imposible, se fijan los siguientes plazos y oportunidades:
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- Solicitudes de juguetes, golosinas, escenarios, amplificación y demás elementos para la celebración de la navidad se recibirán hasta el último día jueves del mes de noviembre de cada año.
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- Solicitudes de escenario, amplificación, productos alimenticios, bebestibles y demás elementos para la celebración de las fiestas patrias se recibirán hasta el último día jueves del mes de agosto de cada año.
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- Solicitudes de buses, sean municipales o arrendados, se recibirán hasta treinta días antes de su uso.
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- Solicitudes de autorizaciones para la venta de...
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