Planteamiento del problema e ideas rectoras - El origen de la ontología jurídica en el pensamiento griego - Libros y Revistas - VLEX 1025779890

Planteamiento del problema e ideas rectoras

AutorErik Wolf
Cargo del AutorProfesor Emérito de la Albert-Ludwigs-Universität Freiburg (Alemania)
Páginas21-28
21
El origEn dE la ontología jurídic a En El pEnsamiEnto griEgo
planteamiento del proBlema
e ideas rectoras
Intentamos comprender el pensar y el poetizar sobre el derecho en un
tiempo pasado.
Esta es una tarea que exige simultáneamente un pensamiento “losóco
e histórico”. ¿No confundimos en ella dos tipos diferentes de investigación
que surgen de dos actitudes espirituales completamente distintas? ¿No se
oponen entre sí losofía e historia? ¿No ha quedado esto demostrado en las
discusiones entre “historicismo” e “idealismo”, durante el siglo XIX? ¿No
es acaso irrelevante para la “losofía”, que aspira al conocimiento de lo
“verdadero” racional, toda “losofía de la historia” que en tanto “historia”,
tiene que partir del conocimiento de lo “real” experimentable? ¿No es por
consiguiente la nuestra una empresa vana desde su comienzo?
Además, nos hemos propuesto una tarea que pasa los límites de la
historia de la “losofía” para entrar en la historia de la “literatura”. ¿Está
esto “cientícamente” permitido, es “lógicamente” posible? Y si mediante
procedimientos “históricos” se logra superar esta diferencia con una forma
general del pensar “histórico - cultural” o “histórico - espiritual”, ¿puede un
factum o un juicio “literario” tener valor obligatorio para la “historia” o la
“losofía”? ¿Tiene la “poesía” algo esencial que decir que deba ser tenido en
cuenta “histórica y losócamente”?.
Por otra parte, nos hemos planteado una tarea que se encuentra dentro del
“marco” de la “historia de la losofía” o más exactamente: de la “historia de
la losofía del derecho”. Pero, ¿cabe en el mundo del “derecho” una actitud
“histórica” o “losóca”? ¿No ha fracasado acaso con respecto a la realidad
del derecho, el derecho natural “losóco” del siglo XVIII de la misma manera
que la escuela “histórica” del derecho del siglo XIX? ¿No dejamos acaso de
lado lo más esencial cuando buscamos la esencia del derecho expresada
“histórica”, “losóca” o “poéticamente”?
Finalmente, nos hemos planteado una tarea que solo se reere a una “parte”
de la “historia de la losofía del derecho”. ¿Tiene acaso el pensamiento jurídico
de los griegos (comparado por ejemplo, con el pensamiento jurídico romano,
germánico o moderno) una importancia tal que justique esta limitación?
¿Conserva también esta importancia para nosotros, en la actualidad? Y aun
cuando se quiera dar una respuesta armativa con respecto a la “inuencia
histórica” del pensamiento de plaTón y arisTóTeles, ¿no hay acaso que negar
decididamente esta inuencia en el caso de los “presocráticos” y de los
primeros poetas?

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