PIU BELLA FRANQUICIA SpA - 25 de Abril de 2019 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 780190041

PIU BELLA FRANQUICIA SpA

Fecha de Entrada en Vigor29 de Abril de 2019
CVE 1581341 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 42.338 | Jueves 25 de Abril de 2019 | Página 1 de 1
Empresas y Cooperativas
CVE 1581341
EXTRACTO
Jorge Reyes Bessone, Notario Público Titular de San Miguel, Gran Avenida José Miguel
Carrera N°4.886, comuna de San Miguel, certifico: Por escritura pública de fecha 15 de abril de
2019, Repertorio 2207-2019, ante mí, don Ronney Ramón Belisario Ruiz en representación de
INVERSIONES RDR SpA, don PIETRO D’AURIA SOLIS, y doña LISETTE CAROLINA
GAUTHIER FERRER constituyeron sociedad por acciones, de cuyos estatutos se extracta lo
siguiente: Razón social: “PIU BELLA FRANQUICIA SpA”; Objeto: El objeto de la sociedad
será: (i) obtener y otorgar y, en general, usar y explotar, por cuenta propia o de terceros, toda
clase de concesiones, franquicias, permisos, licencias, sublicencias y autorizaciones respecto de
toda clase de bienes muebles o inmuebles y de propiedad intelectual o industrial, tecnología,
asistencia técnica, patentes de invención, modelos industriales, dibujos, modelos de utilidad,
diseños, marcas, marcas de servicio, denominaciones de origen, nombres comerciales, anuncios,
derechos de autor, opciones, preferencias y derechos sobre ellos, en Chile o en el extranjero,
según sea necesario o conveniente para el desarrollo de los objetos sociales, en relación con la
prestación de servicios de restaurante, fuente de soda, cocinería y banquetería, en general; (ii) la
inversión y obtención de las rentas provenientes de la inversión de fondos sociales en toda clase
de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales de toda clase, tales como, dividendos,
intereses, rentas de arrendamiento, precios y cualquier otro tipo de remuneración, acciones,
bonos, debentures; y en general, la inversión con cualquier clase de valores mobiliarias, efectos
públicas o de comercio, derechos, acciones y participaciones en sociedades y demás bienes
incorporales muebles, pudiendo adquirir y enajenar, a cualquier título, los señalados bienes y
valores, administrándolos y percibir sus frutos; (iii) la participación en toda clase de sociedades,
pudiendo administrarlas o participar en su administración, constituirlas o adquirir acciones o
derechos en sociedades ya constituidas; (iv) la prestación de servicios de asesoría y consultoría
de carácter técnico y financieros en las actividades antes señaladas; y en general, (v) ejecutar y
celebrar toda clase de actos y contratos que sean conducentes, útiles o necesarios a la
consecución de los fines sociales. Capital: El capital de la Sociedad es la suma de un millón de
pesos, dividido en mil acciones de una misma serie, nominativas, de igual valor, sin valor
nominal, las que se suscriben y pagan como sigue: INVERSIONES RDR SpA suscribió
setecientas acciones, que corresponden a un valor de suscripción de setecientos mil pesos, las
que representan el setenta por ciento en que se divide el capital social; PIETRO D´ AURIA
SOLIS, suscribe ciento ochenta acciones, que corresponden a un valor de suscripción de ciento
ochenta mil pesos, las que representan el dieciocho por ciento en que se divide el capital social;
y, LISETTE CAROLINA GAUTHIER FERRER suscribe ciento veinte acciones, que
corresponden a un valor de suscripción de ciento veinte mil pesos, las que representan el doce
por ciento en que se divide el capital social. Las sumas de dinero recién señaladas serán pagadas
por los accionistas de la Sociedad a medida que las necesidades de la sociedad lo requieran y en
todo caso en un plazo no superior a cinco años contado desde la fecha de la escritura de
constitución, en dinero efectivo o mediante el aporte de otros bienes. Demás estipulaciones en
escritura extractada; Santiago, 19 de abril de 2019.

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