Permiso por fallecimiento; carácter adicional al feriado; suspensión del feriado; Ordinario N°6122/99, de 28.12.2016 - Núm. 45, Marzo 2017 - Manual ejecutivo laboral - Libros y Revistas - VLEX 703999457

Permiso por fallecimiento; carácter adicional al feriado; suspensión del feriado; Ordinario N°6122/99, de 28.12.2016

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EL CONVENIO COLECTIVO
4.- Para que el personal afecto a la ley 19.378 pueda desempeñar funciones diferentes
a las del cargo para el que fue contratado debe primeramente cesar en el cargo que
actualmente sirve por alguna de las causales señaladas en el artículo 48 de la ley
19.378.
5.-La gura jurídica de la cláusula tácita no resulta aplicable al personal afecto al
estatuto de salud.
6.- El concurso interno ordenado por la ley 20.858 debe evaluar a los funcionarios
postulantes según se expone en el presente dictamen.
7.- El personal afecto a la ley 19.378 puede laborar en días domingos y festivos en
los términos expuestos en el presente dictamen.
8.- No resulta jurídicamente procedente el otorgamiento de un día o medio día libre
en el caso del día del cumpleaños de un funcionario de la atención primaria de la
salud municipal, por no estar contemplado tal benecio en la normativa que regula a
este tipo de personal.
9.- La renovación de un contrato de plazo jo en el sistema de atención primaria de
salud puede ser por un período de un año o inferior a éste.
10.- Para cambiar o subir de categoría en el sistema de atención primaria de salud
municipal necesariamente deberá convocarse a concurso público de antecedentes
y solamente en el evento que existan horas vacantes en la dotación para ingresar a
la categoría respectiva y siempre que el funcionario satisfaga los requisitos exigidos
por la ley para acceder a ella, salvo la situación excepcional de traspaso de categoría
que regula la ley 20.858.
Saluda atentamente a Uds.,
CHRISTIAN MELIS VALENCIA
ABOGADO
DIRECTOR DEL TRABAJO
2.- PERMISO POR FALLECIMIENTO; CARÁCTER ADICIONAL AL FERIADO;
SUSPENSIÓN DEL FERIADO;
MATERIA: Atiende presentación relativa a la incidencia del permiso contemplado
en el artículo 66 del Código del Trabajo en un feriado colectivo en curso.
ORDINARIO N°6122/99, DE 28.12.2016
Se consulta a este Servicio si cabe suspender el feriado colectivo de un trabajador
que, durante éste, sufre el fallecimiento de su cónyuge por incidencia del permiso
contemplado en el artículo 66 del Código del Trabajo.
jurIsprudencIa de la
dIreccIon del trabajo

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