Sobre peritaje judicial. - Proyectos de Ley - Iniciativas legislativas - VLEX 914511784

Sobre peritaje judicial.

Fecha18 Mayo 2022
Número de Iniciativa14982-07
Fecha de registro18 Mayo 2022
EtapaPrimer trámite constitucional (Senado) Primer informe de comisión Comisión especial encargada de tramitar proyectos de ley relacionados con los niños, niñas y adolescentes. Infancia
Autor de la iniciativaCastro Prieto, Juan, De Urresti Longton, Alfonso, Edwards Silva, Rojo, Elizalde Soto, Alvaro, Ossandón Irarrázabal, Manuel José
Tipo de proyectoProyecto de ley
Cámara Legislativa de OrigenSenado,Moción
Boletín N° 14.982-07
Proyecto de ley, iniciado en moción de los Honorables Senadores señores Castro Prieto,
De Urresti, Edwards, Elizalde y Ossandón, sobre peritaje judicial.
El aumento constante y sistemático de la complejidad con la que se organiza nuestra
sociedad se refleja consecuentemente en nuevas problemáticas para el Sistema Judicial, que
enfrenta el desafío de resolver mediante procesos judiciales que involucran hechos y materias
que resultan ser dominio exclusivo de especialistas y expertos, a los cuales deben recurrir los
jueces para allanar dudas con miras a establecer resoluciones judiciales.
Esta función, como es sabido, se entrega a los peritos judiciales, cuyo trabajo atraviesa
los más variados asuntos, convirtiéndose estos en un factor clave para el resultado de los
procesos judiciales, ya la prueba pericial se ha vuelto rápidamente una herramienta relevante
para el sistema.
Sin embargo, el marco legal que regula el trabajo pericial, ha dado pie a una serie de
críticas, que van desde laxitud de las exigencias impuestas a quienes pueden fungir como
peritos judiciales, pasando por la falta de rigurosidad técnica en la elaboración y validación
de los informes emitidos por los peritos, el riesgo de transferencia indebida de jurisdicción
hacia el perito (al dotársele muchas veces de un poder sin justificación ni precedentes), hasta
la posibilidad de que la elaboración del informe pericial pretenda beneficiar a una de las
partes, en perjuicio de la otra, cuestión que difícilmente deriva en sanciones, como por
ejemplo se puede observar en improcedencia de inhabilitación de los peritos establecida en
el artículo 48 de la ley 19.968 de Tribunales de Familia. Esto pareciera contradecir lo
establecido por el Código de Procedimiento Civil, que determina la aplicabilidad para con
los peritos “de las reglas de inhabilidad de los testigos como causales de implicancia y
recusación establecidas para los jueces” (Bulnes y Vial: 2018).
Esta serie de problemas ha sido denunciada abundantemente desde diferentes
espacios, entre los que destacan académicos de reconocida trayectoria
1
, influyentes
organizaciones de mundo económico, como el centro de arbitraje y mediación de la Cámara
de Comercio de Santiago
2
, ex ministros de Estado
3
, organizaciones de la sociedad civil que
reúnen a denunciantes de irregularidades en el trabajo pericial
4
y medios de prensa
5
, cuyos
1
Mauricio Duce: “Prueba pericial y su impacto en los errores del sistema de justicia penal: antecedentes
comparados y locales para iniciar el debate” Profesor Titular de la Facultad de Derecho d e la Universidad
Diego Portales. Magíster Universidad de Stanford.
2
Boletín N° 6, enero 2018. Artículo: “La prueba pericial y el riesgo de transferencia indebida de juris dicción”.
3
Felipe Bulnes Serrano es co-autor, junto a Gonzalo Vial, del artículo citado arriba.
4
Como la ONG “Renace Mujer, Familia y Sociedad”.
5
Ciper Chile: Tribunales de familia: las graves deficiencias del sistema de peritos (2016).
https://www.ciperchile.cl/2016/08/30/tribunales-de-familia-las-graves-deficiencias-del-sistema-de-peritos/

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