PEREZ & ANGOLA SpA 77.011.663-5 - 6 de Enero de 2023 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 917276812

PEREZ & ANGOLA SpA 77.011.663-5

Fecha de publicación06 Enero 2023
Número de registroCVE-2248149
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta43.444
CVE 2248149 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 43.444 | Viernes 6 de Enero de 2023 | Página 1 de 2
Empresas y Cooperativas
CVE 2248149
EXTRACTO
TEODORO PATRICIO DURÁN PALMA, Notario Público Titular de la Quinta Notaría de
Talca, con oficio en 1 Norte Nº 888 de Talca, certifico: Por escritura pública, otorgada ante mí,
con fecha 30 de diciembre de 2022, Repertorio Nº 8321-202, se redujo acta Junta Extraordinaria
de Accionistas, celebrada con esta misma fecha, de la Sociedad PEREZ & ANGOLA SpA, Rut
Nº 77.011.663-5; la cual fue constituida con fecha 23 de abril 2019, ante el Notario Público de
Talca don Jaime Silva Sciberras, e inscrita a fojas 803 Nº 299 en el Registro de Comercio del
Conservador de Bienes Raíces de Talca, correspondiente al año 2019. Asistieron a la Junta 30
acciones, que corresponden al 100% de las acciones emitidas por la Sociedad con derecho a voto,
accionistas que acordaron por unanimidad la transformación de la actual sociedad por acciones a
una sociedad de personas de responsabilidad limitada. Por escritura extractada, don HECTOR
MANUEL ANGOLA GUTIERREZ y doña MARIA DE LOS ANGELES PEREZ DE
ANGOLA, ambos domiciliados en 2 Norte Nº4060, Portones de Pichimapu, comuna de Talca;
transformaron la actual sociedad por acciones en una sociedad de responsabilidad limitada, cuyos
estatutos se extractan: Razón social: “SERVICIOS PEREZ & ANGOLA LIMITADA”. Nombre
de fantasía: PEREZ & ANGOLA LTDA. Objeto social: El giro o objeto de la sociedad será:
Uno) La prestación de servicios médicos, quirúrgicos, de enfermería en el campo de la medicina
y de la salud en general, en sus distintas especialidades, a través de consultas y asesorías, ya sea
clínicas, como en el domicilio particular del paciente, en forma directa o a través de convenios,
sea a particulares o a beneficiaros del Fondo Nacional de Salud o instituto de salud previsional,
servicio de bienestar de organismos de sector público o privado, la realización de exámenes,
informes, pericias, controles o tratamiento de salud y todas las demás prestaciones que los socios
constituyentes acuerden en relación con la actividad profesional médica y de salud; Dos) La
adquisición de instrumental y equipos médicos y de asesoría técnica o profesional, directa o
indirectamente relacionada con el objeto principal antes señalado; Tres) La inversión de bienes
raíces o muebles corporales o incorporales por cuenta propia o por cuenta ajena, la compra,
venta, permuta, arrendamiento, adquisición o enajenación a cualquier título de bienes corporales
o incorporales raíces o muebles como asimismo la explotación y administración de estos, ya sean
propios o ajenos; Cuatro) La prestación de servicios profesionales en las diversas ramas o
especialidades de la medicina; Cinco) La atención médica de pacientes particulares, fiscales o
semifiscales, en clínicas, hospitales, consultas propias o ajenas; Seis) El estudio, instalación y
funcionamiento de clínicas médicas por cuenta propia o ajena y de otros establecimientos
asistenciales, así como de consultas psicológicas; Siete) dar cursos, charlas, exposiciones,
simposios, seminarios y otros de divulgación y especialización científica, realizar publicaciones,
investigaciones, intercambios y experiencias de todo lo expresado; ocho) la realización e
informes de exámenes médicos y psicológicos; nueve) postulación y realización de becas o
cursos de especialización, pasantías o cualquier otra actividad relacionada, ya sea con fondos
propios o concursables; diez) La realización de cualquiera otra actividad profesional derivada o
relacionada en la actualidad o en el futuro con la medicina o psicología en forma directa o
indirecta mediante convenios sean particulares o a beneficiarios del Fondo Nacional de salud o
instituto de salud previsional, servicio de bienestar o de organismos del sector público, municipal
o privado, y en general cualquier otro negocio que los socios constituyentes acuerden. Capital:
$3.000.000.-, que los socios aportan y enteran de la siguiente forma: a) HECTOR MANUEL
ANGOLA GUTIERREZ, aportó la suma de $900.000.-, en dinero efectivo y al contado, cantidad
que ingresó a caja social, y que corresponden al 30% del capital social; y b) MARIA DE LOS
ANGELES PEREZ DE ANGOLA, aportó la suma de $2.100.000.-, en dinero efectivo y al
contado, cantidad que ingresó a caja social, y que corresponden al 70% del capital social.
Administración, representación de la sociedad y uso de la razón social: corresponderá a
HECTOR MANUEL ANGOLA GUTIERREZ y/o MARIA DE LOS ANGELES PEREZ DE
ANGOLA, quienes, anteponiendo su firma a la razón social, podrán representar indistintamente a

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