Resolucion núm. 943 EXENTA, el 01 de Marzo de 2008. ABRE PERÍODO DE PRUEBA Y ESTABLECE HECHOS SOBRE LOS QUE ÉSTA DEBERÁ RECAER, EN PROCEDIMIENTO SANCIONATORIO INCOADO EN CONTRA DE EMPRESA ASESORÍAS & GEOANÁLISIS LTDA. - MINISTERIO DE BIENES NACIONALES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 470299974

Resolucion núm. 943 EXENTA, el 01 de Marzo de 2008. ABRE PERÍODO DE PRUEBA Y ESTABLECE HECHOS SOBRE LOS QUE ÉSTA DEBERÁ RECAER, EN PROCEDIMIENTO SANCIONATORIO INCOADO EN CONTRA DE EMPRESA ASESORÍAS & GEOANÁLISIS LTDA.

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE BIENES NACIONALES
Rango de LeyResolución

ABRE PERÍODO DE PRUEBA Y ESTABLECE HECHOS SOBRE LOS QUE ÉSTA DEBERÁ RECAER, EN PROCEDIMIENTO SANCIONATORIO INCOADO EN CONTRA DE EMPRESA "ASESORÍAS & GEOANÁLISIS LTDA."

Núm. 943 exenta.- Concepción, 21 de febrero de 2008.- Vistos: Las atribuciones que me confieren el D.L.

2.695, de 1979, D.L. 3.274, de 1980, el D.S. 541, de 1996, ley 19.880, en especial sus arts. 1 y 35, decreto supremo 127, de 2004, del Ministerio de Bienes Nacionales; la facultad delegada por resolución Nº 1.917, de fecha 5 de noviembre de 1996, de la Sra. Subsecretaria de Bienes Nacionales; la resolución exenta Nº 290, de 2004, del mismo Ministerio, que rediseña procedimientos para los servicios de regularización y crea Registro de Propiedad Irregular; la resolución exenta Nº 1.757, de 2004, que aprueba los costos asociados al procedimiento de regularización; y lo dispuesto en la resolución (E) Nº 520, de fecha 14.12.96, de la Contraloría General de la República, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la resolución Nº 55, de 1992, de la Contraloría General de la República, que establece normas sobre exención del trámite de toma de razón;

Considerando:

  1. - Que la empresa contratista "Asesorías & Geoanálisis Ltda." fue notificada, respecto del hecho de haberse iniciado en su contra un procedimiento sancionatorio por infracción a lo dispuesto en los artículos 48 Nº 3, 9, 10 del DS 127/2004; artículo 48 Nº 1, 2 y 3 del DS 127/2004, y artículo 48 Nº 4 de la misma norma legal, mediante inserción en el Diario Oficial, del día 2 de enero de 2008 de la resolución exenta Nº 8.663, de fecha 17 de diciembre de 2007.

  2. - Que la referida empresa contratista no presentó descargos dentro del plazo que le fuera concedido para ese efecto.

  3. - Que de esta forma, se hace necesaria la apertura de un período de prueba y el establecimiento de los hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos, sobre los que ésta deberá recaer.

  4. - Que según lo resuelto en resoluciones exentas Nº8.221 y Nº 8.663, de fecha 22 de noviembre y 17 de diciembre de 2007, respectivamente, se ha otorgado a los procedimientos iniciados en contra de la empresa contratista "Asesorías & Geoanálisis Ltda." el carácter de procedimiento de urgencia.

Resuelvo:

Que, en virtud de lo dispuesto en el artículo 1º inciso 1º, artículo 35 inciso 2º, artículo 36 y artículo 63 de la ley 19.880, se abre un período de prueba por un término de cinco días, contado desde la fecha de notificación de la presente...

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