Penalistas comparten reparos de la Suprema sobre penas y redacción de proyecto de nueva ley antiterrorista - 6 de Octubre de 2023 - El Mercurio - Noticias - VLEX 947044696

Penalistas comparten reparos de la Suprema sobre penas y redacción de proyecto de nueva ley antiterrorista

Observaciones sobre las penas e, incluso, una calificación de "extraordinariamente ambigua" para la redacción de algunos de sus pasajes, son parte de los reparos que el Pleno de la Corte Suprema realizó al proyecto de ley antiterrorista, los cuales constan en el informe que envió al Senado.Esta propuesta, que consiste en varios proyectos refundidos, entre ellos el presentado por el Gobierno en julio pasado, busca determinar las conductas terroristas y fijar su penalidad. Hoy está en primer trámite constitucional en la comisión de Seguridad Pública del Senado. Esto, luego que la comisión de Constitución acordara que fuera esta instancia la que discutiera el texto en general y en particular.Su redacción actual ha sido objeto de observaciones no solo desde el mundo judicial, sino también desde el político, pues en RN, por ejemplo, han expresado críticas a su contenido."Cuidado" al ampliar su margen de acciónEl informe de la Suprema, del 3 de octubre, plantea que "la penalización de conductas relacionadas con el terrorismo representa uno de los desafíos legislativos más complejos", agregando que, "por un lado, la gravedad del problema y la radicalidad de sus posibles consecuencias exigen que los Estados implementen mecanismos específicos para proteger a la población". Pero, por otro, "la imposición de penas severas y la incorporación de reglas procesales excepcionales generan preocupaciones sobre el uso político o injusto de estas normas por parte de los Estados".Algunas de las observaciones de los ministros apuntan que, aunque es facultad del legislador, este debe tener "cuidado en robustecer y ampliar el margen de acción de la ley antiterrorista, especialmente, en relación con finalidades genéricas, como 'alterar gravemente el orden público', o al incorporar tipos como la 'apología del terrorismo', fundado en la mera justificación por cualquier medio de dichas acciones".En esta línea, indican que, "evidentemente, no se trata de afirmar que toda proscripción de la apología del terrorismo sea necesariamente inconstitucional, sino que ella debe ser extraordinariamente precisa, concreta y específica para no serlo".Otros reparos se relacionan con las penas propuestas y su redacción. Por ejemplo, su artículo 18, "en el que la redacción de la misma resulta extraordinariamente ambigua", sin que se comprenda en qué difiere de la norma existente para asociaciones ilícitas.A juicio de los supremos, "no queda claro si se trata de la misma norma...

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