Decisión nº C2978-15, de Consejo de Transparencia de 11 de Diciembre de 2015 - Doctrina Administrativa - VLEX 631753365

Decisión nº C2978-15, de Consejo de Transparencia de 11 de Diciembre de 2015

Fecha de Resolución11 de Diciembre de 2015
TipoDocumentos Oficiales
MateriaFunciones y Actividades Propias del órgano
TemaEducación

DECISIÓN AMPARO ROL C2978-15

Entidad pública: Universidad de Chile.

Requirente: Pedro Matta Lemoine.

Ingreso Consejo: 26.11.2015.

En sesión ordinaria N° 669 de su Consejo Directivo, celebrada el 11 de diciembre de 2015, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información pública Rol C2978-15.

VISTOS:

Los artículos , inc. , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes N° 20.285 y N° 19.880; lo previsto en el D.F.L. N° 1-19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575; y los D.S. N° 13/2009 y N° 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley N° 20.285, en adelante el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) Que, con fecha 28 de octubre de 2015, don Pedro Matta Lemoine realizó una solicitud de información a la Universidad de Chile, a través de la cual requirió copia de la resolución, o decreto de Rectoría, de inicios de 1974, que incorporó a la carrera de Derecho al estudiante que individualiza.

2) Que, por medio de U.G.I.I (O) N° 388/2015, de 02 de noviembre de 2015, la Universidad de Chile adjuntó listado de alumnos del año 1974, donde consta el nombre del consultado como matriculado en la carrera código 333, sede 34. Refirieron, que efectuadas las averiguaciones en el departamento correspondiente, se informó que de acuerdo a la codificación usada en el año 1974, se adjudicó el código 34 a la Facultad de Derecho, el cual detentaba los siguientes subcódigos: 036 (magíster en derecho), 303 (asistente judicial), 330 (primer año común) y 356 (derecho); correspondiendo el código 333 a la Carrera de Ciencias Políticas y Administrativas, que era parte de la Facultad de Economía (cód. 52). Razón por la cual, concluyeron, que sin perjuicio de no existir coherencia en la codificación, resulta razonable la opción de vincular al consultado...

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