Decisión nº C2876-15, de Consejo de Transparencia de 1 de Diciembre de 2015
Fecha de Resolución | 1 de Diciembre de 2015 |
Materia | Funciones y Actividades Propias del órgano |
Tema | Grupos de interés especial |
DECISIÓN AMPARO ROL C2876-15
Entidad pública: Fundación Integra.
Requirente: Pedro Guzmán Aceituno.
Ingreso Consejo: 17.11.2015.
En sesión ordinaria N° 666 de su Consejo Directivo, celebrada el 1 de diciembre de 2015, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285, de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C2876-15.
VISTO:
Los artículos 5°, inc. 2°, 8° y 19 N° 12 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes N° 20.285 y N° 19.880; lo previsto en el D.F.L. N° 1-19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575; y los D.S. N° 13/2009 y N° 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley N° 20.285, en adelante el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.
TENIENDO PRESENTE:
1) Que, el 13 de octubre de 2015, don Pedro Guzmán Aceituno realizó una presentación a la Fundación Integra, a través de la cual formuló un reclamo por vulneración de derechos al interior de jardín infantil que indica, requiriendo:
1. Investigación interna a fin de determinar responsabilidades y sanciones;
2. Que la Fundación genere de inmediato un plan de asistencia reparatoria;
3. Desvinculación total e inmediata de la Fundación Integra, de los profesionales que indica;
4. Que la Directora del jardín y en conjunto con la Dirección Regional de la Fundación transparenten y sensibilicen el hecho, con la comunidad del establecimiento;
5. Denunciar en tribunales la potencial vulneración de derechos;
6. Copia de los últimos protocolos presentados con anterioridad a la autoridad competente, y que estos, estén siempre disponibles y visibles con sus respectivos diagramas para los apoderados de cualquier Jardín de la fundación, como también en el sitio web de la misma;
7. Evitar en lo posible el contacto directo entre los menores que indica;
8. Extremar la vigilancia y supervisión sobre los menores durante toda la...
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