Paz Aguirre Maicol Eduardo y tros - Moldajes RS SpA y otra - 1 de Junio de 2022 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 905434915

Paz Aguirre Maicol Eduardo y tros - Moldajes RS SpA y otra

Fecha de publicación01 Junio 2022
Número de registroCVE-2132831
SecciónPublicaciones Judiciales
Número de Gaceta43.267
CVE 2132831 |Director Interino: Jaime Sepúlveda O.
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública III
SECCIÓN
JUICIOS DE QUIEBRA, MUERTES PRESUNTAS, CAMBIOS DE NOMBRE Y RES. VARIAS
Núm. 43.267 | Miércoles 1 de Junio de 2022 | Página 1 de 3
Publicaciones Judiciales
CVE 2132831
NOTIFICACIÓN
Que, con fecha 14 de diciembre de 2021, en causa RIT O-664-2021, RUC 21-4-0373609-8,
ante este Juzgado de Letras del Trabajo de San Bernardo, comparecen los trabajadores Maicol
Eduardo Paz Aguirre, chileno, empleado, cédula de identidad N° 18.704.581-9, domiciliado en
Pasaje Marisol 1364, Quilpué; Sebastián André Paz Aguirre, chileno, empleado, cédula de
identidad N° 19.336.751-8, domiciliado en Las Maravillas 910, Viña del Mar; Sergio Fabián
Aguirre Carrillo, chileno, empleado, cédula de identidad N° 17.567.623-6, domiciliado en Río
Petrohué N° 1223, Quilpué, todos de la V Región de Valparaíso, y Alexis Adán Sepúlveda
Gómez, chileno, empleado, cédula de identidad N° 11.582.817-7, domiciliado en Pasaje
Pelantaru N° 065, Rinconada 4, Hualqui, VIII Región del Bío-Bío, e interponen demanda en
procedimiento de aplicación general por despido injustificado, indebido o improcedente, cobro
de prestaciones y nulidad del despido, en contra de MOLDAJES RS SPA, empresa del giro de su
denominación, Rut N° 77.340.305-8, representada legal e indistintamente por don Ignacio de
Matta Reyes Lillo, cédula nacional de identidad N° 16.840.885-4, se ignora profesión u oficio,
ambos domiciliados en calle Los Edecanes Oriente N° 16618, comuna de San Bernardo y ciudad
de Santiago, y solidariamente contra CONSTRUCTORA BELTEC LIMITADA, empresa del
giro de su denominación, Rut N° 77.518.540-6, representada legal e indistintamente por don
Santiago Alberto Lorca González, cédula nacional de identidad N° 5.200.529-9, se ignora
profesión u oficio, ambos domiciliados en Calle 2 Oriente N° 674, comuna y ciudad de Viña del
Mar, a fin se declare lo que se solicita y se condene a las demandadas al pago de las prestaciones
que se señalarán más adelante. Respecto de los trabajadores Maicol Paz Aguirre, Sebastián Paz
Aguirre y Sergio Aguirre Carrillo, señala que comenzaron a prestar servicios para la demandada
MOLDAJES RS SPA, con fecha 07 de junio de 2021, en el cargo de Maestro Carpintero, hasta
su despido el día 20 de septiembre de 2021. Indica, para efectos del cálculo de las
indemnizaciones legales por término de relación laboral, se tenga presente por concepto de
remuneraciones la suma de $1.341.458.- pesos. Sus jornadas de trabajo eran de 45 horas
semanales, distribuidas de lunes a viernes, de 08:00 a 18:00 horas. Respecto del trabajador
Alexis Sepúlveda Gómez, señala que comenzó prestar servicios para la demandada MOLDAJES
RS SPA, con fecha 30 de junio de 2021, en el cargo de Maestro Carpintero, hasta su despido el
día 20 de septiembre de 2021. Indica, para efectos del cálculo de las indemnizaciones legales por
término de relación laboral, se tenga presente por concepto de remuneración la suma de
$1.341.458.- pesos. Su jornada de trabajo era de 45 horas semanales, distribuidas de lunes a
viernes, de 08:00 a 18:00 horas. Señala que todos los trabajadores prestaban servicios en la faena
denominada “Brisas de Los Andes, de la Constructora Beltec, Fundo Las Flasias s/n, para la obra
término de torre 4”, ubicada Avenida Pascual Baburizza s/n, comuna de Los Andes. Manifiestan,
que la empresa Moldajes RS SPA, prestaba servicios como contratista para Constructora Beltec,
en dicha obra, la cual contempla la construcción de cuatro condominios de departamentos de
ocho torres y un condominio de 126 casas. Indica que todos los trabajadores suscribieron
finiquito, con reserva de derechos. Solicita en definitiva se declare lo siguiente y se condene a las
demandadas a las siguientes prestaciones: 1.- Que el despido de que fuimos objeto con fecha 20
de septiembre de 2021 es injustificado, indebido o improcedente. 2.- Que, mis servicios fueron
prestados en régimen de subcontratación, por lo que la empresa Constructora Beltec Limitada,
según corresponda, es solidaria o subsidiariamente responsable de las prestaciones,
indemnizaciones y beneficios que se demandan. 3.- Que como consecuencia de todo lo anterior,
las demandadas sean condenadas a pagar a la actora las siguientes prestaciones, indemnizaciones
y beneficios: Maicol Eduardo Paz Aguirre. a) Vacaciones Proporcionales 6,29 Días (4,29 días
hábiles + 2 días Inhábiles) $266.346 pesos. b) Indemnización por falta de Aviso Previo
$1.341.458 pesos. c) Indemnización por Lucro Cesante tiempo estimado obra (Octubre y
Noviembre 2021) o suma mayor o menor que se logre acreditar. $2.682.916 pesos. d)
Remuneración Pendiente (Agosto y Septiembre 2021) $2.262.083 pesos. TOTAL $6.552.803

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