Decisión nº C2473-14, de Consejo de Transparencia de 26 de Noviembre de 2014 - Doctrina Administrativa - VLEX 556369266

Decisión nº C2473-14, de Consejo de Transparencia de 26 de Noviembre de 2014

Fecha de Resolución26 de Noviembre de 2014
DECISIÓN RECLAMO ROL C2473-14

Entidad pública: Municipalidad de Pudahuel.

Requirente: Patricio Soto González.

Ingreso Consejo: 19.11.2014.

En sesión ordinaria N° 572 de su Consejo Directivo, celebrada el 26 de noviembre de 2014, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285, de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto del reclamo por infracción a las normas de transparencia activa Rol C2473-14.

VISTO:

Los artículos , inc. , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes N° 20.285 y N° 19.880; lo previsto en el D.F.L. N° 1-19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575; y los D.S. N° 13/2009 y N° 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley N° 20.285, en adelante el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

Que, con fecha 19 de noviembre de 2014, don Patricio Soto González dedujo reclamo por infracción a los deberes de Transparencia Activa en contra de la Municipalidad de Pudahuel, fundado en que erróneamente se le cursó una multa por infracción de tránsito. Esto porque su vehículo ha estado sin uso alguno durante meses.

Y CONSIDERANDO:

1) Que, de acuerdo a lo previsto en el artículo 8° de la Ley de Transparencia, corresponde a este Consejo resolver, fundadamente, los reclamos por infracción a las normas sobre transparencia activa, de acuerdo al procedimiento de amparo establecido en los artículos 24 y siguientes de la misma Ley.

2) Que, atendido lo dispuesto en los artículos 24 y siguientes de la Ley de Transparencia y los artículos 36 y 46 de su Reglamento, corresponde a este Consejo examinar la admisibilidad del...

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