Decisión nº C1969-15, de Consejo de Transparencia de 1 de Diciembre de 2015 - Doctrina Administrativa - VLEX 631753933

Decisión nº C1969-15, de Consejo de Transparencia de 1 de Diciembre de 2015

Fecha de Resolución 1 de Diciembre de 2015
TipoDocumentos Oficiales
MateriaFunciones y Actividades Propias del órgano
TemaEducación

DECISIÓN AMPARO ROL C1969-15

Entidad pública: Universidad de Chile

Requirente: Patricio Segura Ortiz

Ingreso Consejo: 21.08.2015

En sesión ordinaria N° 666 del Consejo Directivo, celebrada el 1° de diciembre de 2015, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C1969-15.

VISTO:

Los artículos , inciso , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública y de la ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, orgánica constitucional sobre bases generales de la Administración del Estado; y los decretos supremos N° 13, de 2009 y N° 20, de 2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el reglamento del artículo primero de la ley N° 20.285, en adelante e indistintamente, el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: El 26 de julio de 2015, don Patricio Segura Ortiz, solicitó a la Universidad de Chile -en adelante también Universidad- todos los antecedentes referidos al estudio "Línea Base para la construcción de una Política energética para la Región de Aysén".

2) RESPUESTA: El 21 de agosto de 2015, la Universidad de Chile respondió a dicho requerimiento mediante Oficio N°284/2015, señalando que no le era posible acceder a la entrega de los antecedentes requeridos, atendido el deber de confidencialidad impuesto en el acuerdo celebrado con el mandante de dicho estudio. Agregó, que dicho estudio aún se encontraba en su etapa de elaboración. No obstante lo anterior, hizo entrega de aquellos antecedentes que dan cuenta de la celebración del citado acuerdo con el Ministerio de Energía.

3) AMPARO: El 21 de agosto de 2015, doña Patricio Segura Ortiz, dedujo amparo a su derecho de acceso a la información en contra de la Universidad de Chile, fundado en la denegación de la información solicitada. Agregó, en síntesis que "un contrato o convenio no puede estar por sobre la aplicación de la Ley de Transparencia".

4) DESCARGOS Y OBSERVACIONES DEL ORGANISMO: El Consejo Directivo de esta Corporación, admitió a tramitación el referido amparo y, mediante Oficio N°6.760, de 2 de septiembre de 2015, confirió traslado al Sr. Rector de la Universidad de Chile

El Coordinador de la Unidad de Gestión de la Información de la Universidad de Chile...

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