Decisión nº C227-18, de Consejo de Transparencia de 30 de Enero de 2018
Fecha de Resolución | 30 de Enero de 2018 |
Tipo | Documentos Oficiales |
Materia | Funciones y Actividades Propias del órgano |
Tema | Transporte |
DECISIÓN AMPARO ROL C227-18
Entidad pública: Subsecretaría de Transportes.
Requirente: Patricio Levenzon Torres.
Ingreso Consejo: 18.01.2018.
En sesión ordinaria N° 863 de su Consejo Directivo, celebrada el 30 de enero de 2018, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285, de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C227-18.
VISTO:
Los artículos 5°, inc. 2°, 8° y 19 N° 12 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes N° 20.285 y N° 19.880; lo previsto en el D.F.L. N° 1-19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575; y los D.S. N° 13/2009 y N° 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley N° 20.285, en adelante el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.
TENIENDO PRESENTE:
1) Que, el 20 de diciembre de 2017, don Patricio Levenzon Torres realizó una presentación ante la Subsecretaría de Transportes, a través de la cual solicitó que se aclare, con fundamento jurídico, por qué se señala que las licencias de conducir Clase A habilitan para conducir carro bombas, y luego en el resto del articulado de la Ley N° 18.290, no aparece de manera expresa con cuál de aquellas licencias de dicha clase se autoriza a conducirlos.
2) Que, mediante Carta del mes de enero de 2018, la Subsecretaría de Transportes, indicó que lo requerido no constituye una solicitud de acceso a la información amparada en la Ley de Transparencia y fue ingresado como consulta a la OIRS. En razón de esto último le informan que con la entrada en vigencia de la Ley N° 20.078, se hizo extensiva la licencia de conducir clase F a Bomberos de Chile.
3) Que, con fecha 18 de enero de 2018, don Patricio Levenzon Torres dedujo amparo a su derecho de acceso a la información en contra de la Subsecretaría de Transportes, fundado en que la información entregada no corresponde a la solicitada, porque se consultó sobre la regulación de la...
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