Decisión nº C1688-17, de Consejo de Transparencia de 11 de Julio de 2017
Fecha de Resolución | 11 de Julio de 2017 |
Tipo | Documentos Oficiales |
Materia | Presupuesto y Finanzas |
Tema | Municipalidades, Otros, especificar |
DECISIÓN AMPARO ROL C1688-17
Entidad pública: Municipalidad de Recoleta.
Requirente: Patricio Carrasco Lobos.
Ingreso Consejo: 17.05.2017.
En sesión ordinaria N° 814 de su Consejo Directivo, celebrada el 11 de julio de 2017, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información pública Rol C1688-17.
VISTO:
Los artículos 5°, inc. 2°, 8° y 19 N° 12 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes N° 20.285 y N° 19.880; lo previsto en el D.F.L. N° 1-19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575; y los D.S. N° 13/2009 y N° 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley N° 20.285, en adelante el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.
TENIENDO PRESENTE:
1) Que, con fecha 12 de abril de 2017, don Patricio Carrasco Lobos realizó una presentación ante la Municipalidad de Recoleta, a través de la cual solicitó acceso al contrato vigente suscrito entre dicho organismo y la empresa encargada de la reparación y reposición del alumbrado público, Citeluz.
2) Que, mediante Oficio Ordinario N° 971, de 15 de mayo de 2017, la Municipalidad de Recoleta respondió el requerimiento, señalando que "por trámites administrativos, a la fecha no existe contrato vigente firmado".
3) Que, con fecha 17 de mayo de 2017, don Patricio Carrasco Lobos dedujo amparo a su derecho de acceso a la información pública en contra de la Municipalidad de Recoleta, fundado en la respuesta negativa otorgada a su solicitud.
4) Que, este Consejo acordó admitir a tramitación el presente amparo y procedió a conferir traslado del mismo al Sr. Alcalde de la Municipalidad de Recoleta, mediante Oficio N° E1142, de 30 de mayo de 2017. En respuesta a dicho requerimiento, mediante Oficio Ord. N° 1039/2017, de 13 de junio de 2017, el municipio reclamado, junto con evacuar sus descargos, entregó copia del contrato...
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