Decisión nº C1426-15, de Consejo de Transparencia de 21 de Julio de 2015 - Doctrina Administrativa - VLEX 581940046

Decisión nº C1426-15, de Consejo de Transparencia de 21 de Julio de 2015

Fecha de Resolución21 de Julio de 2015
TipoDocumentos Oficiales
MateriaFunciones y Actividades Propias del órgano
TemaMUnicipalidades, Otros, especificar, Cultura y Artes

DECISIÓN AMPARO ROL C1426-15

Entidad pública: Municipalidad de Angol.

Requirente: Patricio Abdala Sepúlveda.

Ingreso Consejo: 25.06.2015.

En sesión ordinaria N° 633 de su Consejo Directivo, celebrada el 21 de julio de 2015, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información pública Rol C1426-15.

VISTO:

Los artículos , inc. , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes N° 20.285 y N° 19.880, que establece las bases de los procedimientos administrativos; lo previsto en el D.F.L. N° 1-19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575; y los D.S. N° 13/2009 y N° 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley N° 20.285, en adelante el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) Que, el 25 de mayo de 2015, don Patricio Abdala Sepúlveda realizó una presentación ante la Municipalidad de Angol, a través de la cual requirió el acta de premiación de las obras enviadas a Concurso Vecinal de Cuentos y Relatos "Como sueño mi barrio".

2) Que, mediante Oficio N° 1503/015 de 23 de junio de 2015, la Municipalidad de Angol respondió al solicitante, entregando copia del Memorándum N° 102 de 25 de mayo de 2015, que incluye una nómina de las obras literarias ganadoras en cada una de las tres categorías del concurso, nombre y seudónimo de los respectivos autores, sin que se señale información relativa a las cinco menciones honrosas que fueron consideradas en las respectivas Bases.

3) Que, el 25 de junio de 2015, don Patricio Abdala Sepúlveda dedujo amparo a su derecho de acceso a la información en contra de la Municipalidad de Angol, fundado en la respuesta incompleta otorgada a su solicitud.

4) Que, este Consejo acordó admitir a tramitación el presente amparo y derivarlo a la Unidad de Análisis de Admisibilidad y SARC de esta Corporación, encargada...

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