Decisión nº C3218-15, de Consejo de Transparencia de 5 de Abril de 2016 - Doctrina Administrativa - VLEX 642086893

Decisión nº C3218-15, de Consejo de Transparencia de 5 de Abril de 2016

Fecha de Resolución 5 de Abril de 2016
TipoDocumentos Oficiales
MateriaFunciones y Actividades Propias del órgano
TemaEconomía y Finanzas

DECISIÓN AMPARO ROL C3218-15

Entidad pública: Servicio de Impuestos Internos (SII)

Requirente: Patricia Meyer Carrasco

Ingreso Consejo: 18.12.2015

En sesión ordinaria N° 696 del Consejo Directivo, celebrada el 5 de abril de 2016, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C3218-15.

VISTO:

Los artículos , inciso , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública y de la ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, orgánica constitucional sobre bases generales de la Administración del Estado; y los decretos supremos N° 13, de 2009 y N° 20, de 2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el reglamento del artículo primero de la ley N° 20.285, en adelante e indistintamente, el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: El 30 de noviembre de 2015, doña Patricia Meyer Carrasco solicitó al Servicio de Impuestos Internos (SII) los siguientes antecedentes respecto del concurso en que participó para el cargo de "Abogado del Departamento de Adquisiciones y Gestión de Contratos":

a) "Toda documentación, ya sean ordinarios, correos electrónicos, resoluciones u otra que corresponda, en la cual se señalen los requisitos y el perfil requerido para el cargo al cual concurse denominado "Abogado del Departamento de Adquisiciones y Gestión de Contratos", en los cuales conste la data de los mismos.";

b) "Toda documentación, ya sean ordinarios, correos electrónicos, resoluciones u otra que corresponda, en la cual consten las etapas y plazos de dicho proceso.";

c) "Toda documentación, ya sean ordinarios, correos electrónicos, resoluciones u otra que corresponda, en la cual consten las pautas de evaluación para dicho proceso, con sus puntajes y ponderaciones.";

d) "Toda documentación, ya sean ordinarios, correos electrónicos, resoluciones u otra que corresponda, en la cual conste que las postulaciones de los concursantes se hayan presentado dentro de plazo.";

e) "Toda documentación, ya sean ordinarios, correos electrónicos, resoluciones u otra que corresponda, en la cual conste la integración de las comisiones evaluadoras.";

f) "Toda documentación, ya sean ordinarios, correos electrónicos, resoluciones u otra que corresponda, en la cual consten las evaluaciones de las comisiones, en todas las etapas que corresponda.";

g) "Toda documentación, ya sean ordinarios, correos electrónicos, resoluciones u otra que corresponda, en la cual conste la recomendación de la comisión junto a su fundamentación.";

h) "Toda documentación, ya sean ordinarios, correos electrónicos, resoluciones, informes u otra que corresponda, en la cual consten los resultados y conclusiones de la primera evaluación psicolaboral que se me realizó en el Departamento de Gestión de las Personas por un psicóloga de esa dependencia.";

i) "Toda documentación, ya sean ordinarios, correos electrónicos, resoluciones, informes u otra que corresponda, en la cual consten los resultados y conclusiones de la entrevista personal que se me realizó el día 2 de octubre de 2015 en dependencias del Departamento de Adquisiciones y Gestión de Contratos, por la jefatura de esa sección.";

j) "Toda documentación, ya sean ordinarios, correos electrónicos, resoluciones, informes u otra que corresponda, en la cual consten los resultados y conclusiones de la entrevista psicológica que se me realizó el día 9 de octubre por una psicóloga externa de ese servicio."; y,

k) "Toda documentación, ya sean ordinarios, correos electrónicos, resoluciones, informes u otra que corresponda, en la cual conste la pauta comparativa final entre los postulantes, esto es donde se señale el puntaje obtenido por cada uno de ellos en cada ítem a evaluar, que finalmente ha dado origen a que uno sea considerado ganador sobre los demás.".

2) RESPUESTA: Que el 18 de diciembre de 2015, por medio de Resolución Exenta Nro.: LTNot 0009539, el Servicio de Impuestos Internos, respondió a dicho requerimiento de información, señalando, en síntesis, que:

a) En relación a la letra a) de la solicitud, señala que el concurso indicado siguió un sistema de "Currículum referidos", por lo cual, advertida la necesidad de proveer un cargo, se efectúa un reclutamiento de posibles interesados, sin que exista un plazo definido de postulación para el cargo, se revisan los currículum que se reciban y se procede a la evaluación de los postulantes según el orden en que se reciban sus antecedentes. De acuerdo a esto, el documento de Perfil de Competencias que se adjunta, carece de fecha.

b) En relación a la letra b) de la solicitud, indica que las etapas del proceso de selección "no se encuentran documentadas en alguna resolución. No obstante ello, -continua- es posible indicar que, de acuerdo a los procedimientos establecidos, los concursos tienen las siguientes etapas: a) Reclutamiento de Currículum; b) Análisis Curricular; c) Pruebas psicométricas; d) Entrevista personal y técnica; e) Entrevista Psicolaboral; e) Referencias Laborales.".

c) En relación a la letra c) de la solicitud, indica que debido a que en dicho proceso de selección no se elaboraron bases Concursales, "no existen pautas de evaluación especiales para el cargo requerido".

d) En relación a la letra d) de la solicitud, indica que al tratarse de un concurso en que se recluta a los interesados bajo el sistema de Currículum referido, "no existe un plazo definido para la presentación de los mismos, ya que se van evaluando los antecedentes curriculares a medida que se van recibiendo".

e) En relación a la letra e) de la solicitud, indica que en el Acta de Evaluación de Entrevista que se adjunta, constan los nombres de los funcionarios que participaron en la Comisión Evaluadora, que, para este caso, corresponden al Jefe de Departamento en el cual se desarrollarán las funciones requeridas; un representante de la Subdirección que requiere la contratación, y un representante de la Subdirección de Recursos Humanos, del Área de Selección a cargo del proceso concursal.

f) En relación a la letra f) de la solicitud, indica que adjunta un documento que contiene un cuadro con resumen de las Evaluaciones obtenidas por los participantes en el concurso, en las distintas etapas de este. Hace presente que, conforme al principio de divisibilidad, y según el principio de reserva, se han tarjado los nombres de los demás concursantes al tratarse de datos que pueden afectar sus derechos como terceros.

g) En relación a la letra g) de la solicitud, indica que "no existe el documento requerido", ello por cuanto "la Comisión evalúa a cada postulante en forma individual y solo pone nota por la entrevista, de lo cual se deja constancia en Acta de Evaluación de la Entrevista", referida en el literal e) anterior.

h) En relación a la letra h) de la solicitud, indica que la respuesta a este punto está contenida en Cuadro Resumen de las distintas evaluaciones, a que se hace referencia el literal f) "Percentil Test 1 y Percentil Test 2".

i) En relación a la letra i) de la solicitud, indica que la respuesta a este punto está contenida en Acta de Entrevista adjunta, referida en el literal e).

j) En relación a la letra j) de la solicitud, indica que la respuesta a este punto está contenida en el Cuadro Resumen de los resultados de las distintas evaluaciones que se adjunta, referida en la letra f), en que se indica que la requirente obtuvo una calificación de "Recomendable". Agrega que al tratarse de un proceso externo, no se cuenta con detalle de la fundamentación de dicha calificación.

k) En relación a la letra k) de la solicitud, indica que la respuesta a este punto está contenida en Cuadro Resumen con los resultados de las distintas evaluaciones, que se adjunta, en el cual, según los principios de divisibilidad y de reserva, se han tarjado los nombres de los otros concursantes para no afectar sus derechos como terceros.

3) AMPARO: El 18 de diciembre de 2015, doña Patricia Meyer Carrasco dedujo amparo a su derecho de acceso a la información en contra del señalado órgano de la Administración del Estado, fundado en que la información entregada está incompleta, toda vez que "en ninguna de ellas constan fundamentos a las decisiones adoptadas, éstas carecerían de motivación.".

4) SUBSANACIÓN DE AMPARO: Por medio de oficio N° 57, de 06 de enero de 2016, este Consejo hizo presente al reclamante que, revisada su reclamación, no se advierte con suficiente claridad el fundamento de su amparo y que además, no acompañó copia de la solicitud de información En razón de lo anterior, se le solicitó subsanar su amparo subsanar su amparo, en los siguientes términos: (1°) acompañe copia de su solicitud, objeto de la presente reclamación, con el respectivo timbre o comprobante de ingreso; y (2°) Indique en detalle la documentación que fue solicitada y que no le habría sido entregada.

Por medio de correo electrónico de fecha 18 de enero de 2016, la reclamante dio cumplimiento a la subsanación requerida, acompañando copia de su solicitud de información e indico en cuanto al fundamento de su amparo, en...

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