Causa nº 513/2008 (Casación). Resolución nº 13675 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 28 de Mayo de 2008
Juez | Ricardo Peralta V.,Julio Torres A.,Patricio Valdés A. |
Fecha | 28 Mayo 2008 |
Número de registro | rec5132008-cor0-tri6050000-tip4 |
Número de expediente | 513/2008 |
Emisor | Sala Cuarta Mixta (Corte Suprema de Chile) |
Partes | Parker Lazo Boris - Commcenter Servicios Temporales Ltda. |
Santiago, veintiocho de mayo de dos mil ocho.
Vistos:
En estos autos Rol N°1.136-04, del Noveno Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, don B.P.L. deduce demanda de acuerdo al artículo 171 del Código del Trabajo, en contra de Commcenter Servicios Temporales Limitada, representada por don A.B.T. y, subsidiariamente, de Chilectra S.A., representada por don R.L.R. -respecto de la cual finalmente se llegó a avenimiento-, a fin que se les condene al pago de las indemnizaciones y prestaciones que indica, más recargos, reajustes, intereses y costas, por haber incurrido la empleadora en la causal de terminación de la relación laboral prevista en el artículo 160 N°7 del cuerpo legal citado.
La demandada principal, evacuando el traslado conferido, solicitó el rechazo de la acción, controvirtiendo, entre varios aspectos, el cumplimiento por parte del actor de los requisitos legales para el auto despido, así como los hechos en que éste se funda.
El tribunal de primera instancia, en sentencia de nueve de marzo de dos mil siete, escrita a fojas 588 y siguientes, declaró que la relación laboral habida entre el actor y la empleadora concluyó el 7 de enero de 2004 por voluntad del primero y, acogiendo la demanda, condenó a la segunda al pago de las remuneraciones pendientes correspondientes al período junio de 2003 a enero de 2004, feriado legal, reajustes, intereses y cotizaciones impagas durante la relación laboral, rechazando la acción en todo lo demás.
Se alzó el demandante y la Corte de Apelaciones de Santiago, en fallo de doce de diciembre de dos mil siete, escrito a fojas 641, revocó la decisión de primer grado en cuanto ordenó pagar las remuneraciones del período junio 2003 a enero 2004 y cotizaciones pendien tes durante la relación laboral y, en su lugar, declaró que ellas se encuentran pagadas, confirmándola en todo lo demás.
En contra de esta última resolución, el actor recurre de casación en la forma y en el fondo, por haberse incurrido en los vicios que indica y que influyeron en su parte resolutiva, solicitando se la invalide y se dicte la de reemplazo que describe.
Se trajeron estos autos en relación.
Considerando:
Que el recurrente funda el recurso de nulidad formal que deduce, en la causal del artículo 768 N° 4 del Código de Procedimiento Civil, esto es, en haberse otorgado más de lo pedido o extendiéndose la sentencia...
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