Decreto 2 - MODIFICA PRECIOS DE REFERENCIA Y PARIDAD PARA COMBUSTIBLES DERIVADOS DEL PETRÓLEO - MINISTERIO DE ENERGÍA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 456710974

Decreto 2 - MODIFICA PRECIOS DE REFERENCIA Y PARIDAD PARA COMBUSTIBLES DERIVADOS DEL PETRÓLEO

EmisorMINISTERIO DE ENERGÍA
Rango de LeyDecreto
Fecha de entrada en vigor15 de Enero de 2011

MODIFICA PRECIOS DE REFERENCIA Y PARIDAD PARA COMBUSTIBLES DERIVADOS DEL PETRÓLEO

Núm. 2.- Santiago, 14 de enero de 2011.- Vistos: Lo dispuesto en la ley N° 19.030 y sus modificaciones; en el decreto supremo N° 211, de 2000, que aprueba nuevo Reglamento ley Nº 19.030, que crea Fondo de Estabilización de Precios del Petróleo, modificado por decreto supremo Nº 97, de 2009, ambos del Ministerio de Minería; el Of. Ord. N°0017/2011, de la Comisión Nacional de Energía, en el cual informa al tenor de lo establecido en los arts. 6° y 7º del referido Reglamento, y en la Resolución N°1600, de 2008, de la Contraloría General de la República, y en uso de las facultades que me confiere la ley,

Decreto:

  1. - Fíjanse los siguientes Precios de Referencia y Paridad de los siguientes Combustibles derivados del Petróleo:

    Combustible Precios de Referencia Precio de

    Inferior Intermedio Superior Paridad

    US$/m³ US$/m³ US$/m³ US$/m³

    Gasolina Automotriz 558,0 637,8 717,5 687,08

    Kerosene Doméstico 570,7 652,3 733,8 693,55

    Petróleo Diesel 567,5 648,6 729,6 692,38

    ...

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