Decisión nº C701-15, de Consejo de Transparencia de 19 de Mayo de 2015
Fecha de Resolución | 19 de Mayo de 2015 |
Tipo | Documentos Oficiales |
Materia | Funciones y Actividades Propias del órgano |
Tema | Municipalidades, Otros, especificar |
DECISIÓN AMPARO ROL C701-15
Entidad pública: Municipalidad de La Calera.
Requirente: Paola Solís Fernández.
Ingreso Consejo: 01.04.2015.
En sesión ordinaria N° 618 de su Consejo Directivo, celebrada el 19 de mayo de 2015, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información pública Rol C701-15.
VISTO:
Los artículos 5°, inc. 2°, 8° y 19 N° 12 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes N° 20.285 y N° 19.880; lo previsto en el D.F.L. N° 1-19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575; y los D.S. N° 13/2009 y N° 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley N° 20.285, en adelante el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.
TENIENDO PRESENTE:
1) Que, el 31 de enero de 2015, doña Paola Solís Fernández efectuó una presentación a la Municipalidad de La Calera, a través de la cual requirió:
a) Informe con precisión cuál es o cuáles son las necesidades del servicio, razones de buen servicio, razones de hecho y/o motivaciones por las que se optó la no prórroga de su contrato para el próximo año;
b) Informe con precisión las medidas administrativas, y los respectivos documentos de respaldo, a través de los cuales se determinó y/o identificó que sus servicios son prescindibles;
c) Identificación de cada uno de los funcionarios que adoptaron la decisión de no prorrogar el contrato que la vinculaba con el servicio para el próximo año y/o quienes recomendaron o asesoraron la adopción de esa decisión, con nombres y cargos que ocupan;
d) Copia de todos y cada uno de los actos administrativos y documentos que sirvan de fundamento a la decisión de no prorrogar su contrato para el próximo periodo, emanados de cualquier autoridad, jefatura o funcionario;
e) Copia de todos los actos administrativos que la han vinculado con el servicio, desde el año 2007;
f) Copia de...
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