PANIFICADORA JUAN ARIAS RUIZ E.I.R.L. - 30 de Septiembre de 2022 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 911644587

PANIFICADORA JUAN ARIAS RUIZ E.I.R.L.

Fecha de publicación30 Septiembre 2022
Número de registroCVE-2195280
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta43.365
CVE 2195280 |Director Interino: Jaime Sepúlveda O.
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 43.365 | Viernes 30 de Septiembre de 2022 | Página 1 de 1
Empresas y Cooperativas
CVE 2195280
EXTRACTO
JORGE LOBOS DIAZ, Abogado, Notario Público, Suplente de la Cuarta Notaría de
Santiago, cuyo titular es don COSME FERNANDO GOMILA GATICA, Notario Público Titular
de la Cuarta Notaría de Santiago, con oficio en Carmencita 20, Comuna de Las Condes, ex Paseo
Ahumada 341, 4º piso, Comuna de Santiago, certifico que por escritura pública otorgada con
fecha 14/09/2022, Repertorio 10.725/2022, ante mi, JUAN ESTEBAN ARIAS RUIZ, cédula de
identidad N°16.476.833-3, chileno, casado bajo el régimen de separación total de bienes,
publicista, domiciliado en Avenida Creta Norte N°3582, comuna de Puente Alto, ciudad de
Santiago, Región Metropolitana; transformó la Empresa Individual de Responsabilidad Limitada
PANIFICADORA JUAN ARIAS RUIZ E.I.R.L. o PAN MEFAJ E.I.R.L., inscrita a fs. 68 vta.,
número 66 del año 2013, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Puente
Alto, en una sociedad por acciones que se regirá por sus estatutos, las disposiciones del Código
de Comercio, y en subsidio, por las normas de la Ley N°18.046, sus modificaciones y
reglamento. Nombre Social: “PANIFICADORA MEFAJ SpA ". Objeto: El objeto o giro de la
sociedad será la ejecución por cuenta propia o ajena de las siguientes actividades: a) fabricación,
producción, industrialización, envasado, compraventa, importación, exportación y distribución
de toda clase de panes, queques, galletas, sándwiches, pasteles, dulces, tortas, bombones,
empanadas y toda suerte de masas, dulces o saladas; helados, jugos de frutas y otros, bebidas
analcohólicas, té, café, chocolate, alimentos fríos o calientes; b) producción, elaboración, facción
por terceros, envasado al por mayor y en tarros, paquetes u otros envases individuales;
compraventa, importación y exportación de toda clase de alimentos o de productos que sirven, en
la actualidad o sirvan, en el futuro, para el consumo humano, especialmente frutas, verduras,
gramíneas, farináceos, y productos industriales no naturales; productos cárneos, leche, queso,
huevos, yogur, quesillos y otros lácteos; productos líquidos, helados y todo otro producto de la
tierra, del mar, de lagos, ríos, mares o del aire, natural o industrial que sirva de alimento,
incluyendo conservas, aceites y grasas, bebidas de toda especie, en polvo, en jarabe o líquidos
listos para consumir y toda la gama de panadería, pastelería y dulces; y cualquiera otra clase de
alimentos que se conocen, en la actualidad, o existan en el futuro, para el hombre y/o los
animales; c) La representación de marcas o franquicias en el mismo ramo, o rubro, como
asimismo su comercialización tanto en Chile como en el extranjero; d) La participación en toda
clase de asociaciones, sea incorporándose a sociedades constituidas o constituyendo nuevas
relacionadas con el rubro de alimentación, pudiendo tener representaciones y licencias
nacionales y/o extranjeras; e) La adquisición y enajenación a cualquier título de bienes raíces, su
explotación, administración y percepción de sus frutos, inversión en bienes muebles corporales
de toda clase, como acciones, bonos, derechos, títulos de créditos, debentures, operaciones de
factoring y leasing, y, en general, en cualquier clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de
comercio, derechos en sociedades y demás bienes incorporales, pudiendo adquirir y enajenar a
cualquier título los señalados bienes y valores, administrarlos y percibir sus frutos; f) La
realización y prestación ya sea bajo la forma de ejecución directa o colaboración de cualquier
tipo, de toda clase de servicios, asesorías o consultorías profesionales, técnicas y/o estratégicas,
de cualquier especie, especialmente en relación a las materias descritas en la presente cláusula; y
g) En general, el desarrollo y ejecución de todas las demás actividades que sean necesarias o
conducentes a los giros señalados, o que se relacionen directamente con éstos. Para la ejecución
de este objeto, podrá constituir nuevas sociedades o asociarse a las ya constituidas o unirse
temporalmente a otras empresas, pudiendo ejercer los giros antes indicados directamente o por
medio de sociedades filiales o coligadas. La sociedad, dentro de su giro, podrá contratar con
cualquiera de sus accionistas o empresas relacionadas. Domicilio: Comuna de Puente Alto,
pudiendo abrir y mantener agencias y sucursales en otros lugares del país o del extranjero.
Duración: La Duración de la Sociedad será indefinida. Capital: 3.500.000, dividido en 3.500.000
acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, que se suscribe y paga
en este acto, de contado y en dinero efectivo. Administración: La administración, representación
y el uso del nombre social corresponderá a don JUAN ESTEBAN ARIAS RUIZ. Demás
estipulaciones en escritura extractada. mmo.

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