PANGEA GEOTECNIA LIMITADA 76.460.222-6 - 29 de Julio de 2021 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 873469529

PANGEA GEOTECNIA LIMITADA 76.460.222-6

Fecha de publicación29 Julio 2021
Número de registroCVE-1985531
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta43.014
CVE 1985531 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 43.014 | Jueves 29 de Julio de 2021 | Página 1 de 1
Empresas y Cooperativas
CVE 1985531
EXTRACTO
OLAYA FERRADA GARRIDO, Notario Suplente del Titular RAMÓN GARCÍA
CARRASCO, oficio Rengo Nº 444 certifica: escritura de fecha 20-07-2021 Repertorio
7571-2021, ante mí, don LORENZO ALEJANDRO TORRES SUAZO, domiciliado para estos
efectos en calle Cochrane número 635 oficina 1.503, comuna de Concepción, Región del Bio
Bio; don RAFAEL ANDRÉS MARTÍNEZ ASCENCIO, domiciliado para estos efectos en
Camino del Sur número 448, comuna de San Pedro de la Paz, Región del Bio Bio y de paso en
ésta; y doña CAROLINA MARÍA MARTÍNEZ ASCENCIO, domiciliada para estos efectos en
Cochrane 635, oficina 1503, Torre A, Concepción, procedieron a modificar la sociedad de
responsabilidad limitada “Lancuyen Ingeniería Limitada”, RUT 76.460.222-6, inscrita a fojas
1.676 N° 1.357 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Concepción del
año 2015, publicada en D.O. 17/07/2015, de cuyo texto extracto lo siguiente: a) Compraventa de
Derechos Sociales. 1) Con el consentimiento de los restantes socios, don Lorenzo Alejandro
Torres Suazo vendió, cedió y transfirió el 98% de los derechos sociales de que es dueño o titular
en Lancuyen Ingeniería Limitada, equivalentes al 49% del total de los derechos sociales de la
referida compañía, a don Rafael Andrés Martínez Ascencio, quien los compró, aceptó y adquirió
conforme para sí. Como consecuencia de esta cesión de derechos sociales, don Rafael Andrés
Martínez Ascencio aumentó su participación en la sociedad alcanzando el 99% del total de los
derechos sociales, y don Lorenzo Alejandro Torres Suazo disminuyó su participación en la
sociedad alcanzando el 1% del total de los derechos sociales, situación que es expresamente
aceptada por todos los comparecientes. 2) Don Lorenzo Alejandro Torres Suazo vendió, cedió y
transfirió el 2% de los derechos sociales de que es dueño o titular en Lancuyen Ingeniería
Limitada, equivalentes al 1% del total de los derechos sociales de la referida compañía, a doña
Carolina María Martínez Ascencio, quien los compró, aceptó y adquirió conforme para sí. Como
consecuencia de esta cesión de derechos sociales, doña Carolina María Martínez Ascencio
ingresó como nueva socia de la compañía alcanzando una participación social equivalente al 1%
del total de los derechos sociales, y don Lorenzo Alejandro Torres Suazo se retiró de la sociedad,
declarando que ésta nada le adeuda, situación que es expresamente aceptada por todos los
comparecientes. b) Los socios acuerdan unánimemente sustituir los siguientes artículos del
estatuto social, los que quedarán en el siguiente tenor: 1) “SEGUNDO: El nombre o razón social
de la sociedad será “PANGEA GEOTECNIA LIMITADA”, pudiendo usar para todos los efectos
legales, incluso comerciales, tributarios y bancarios, indistintamente la expresión abreviada de
“PANGEA GEOTECNIA LTDA.”. 2) “CUARTO. Uno. Uso de la Razón Social. La
administración y representación judicial y extrajudicial de la sociedad y el uso de la razón social
corresponderá a don Rafael Andrés Martínez Ascencio, quien, anteponiendo la razón social a su
firma, representará a la sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición,
pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos o convenciones de cualquier
naturaleza que sean, que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social, con todas y
cada una de las facultades señaladas en la escritura extractada que se dan por reproducidas una a
una. 3) “QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de $2.000.000, que los socios aportan y
enteran de la siguiente forma: a) Don Rafael Andrés Martínez Ascencio aporta la suma de
$1.980.000, equivalentes al 99% del capital social, enterados íntegramente y en su totalidad con
anterioridad a esta fecha, en la caja social; y, b) Doña Carolina María Martínez Ascencio aporta
la suma de $20.000, equivalentes al 1% del capital social, enterados íntegramente y en su
totalidad con anterioridad a esta fecha, en la caja social. En consecuencia, se declara
íntegramente aportado y enterado el capital social.”. La responsabilidad de los socios se
encuentra limitada al monto de sus respectivos aportes. En lo demás, estatutos sociales se
mantienen íntegramente vigentes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Capital Vigente
$2.000.000. Concepción, JULIO 27 de 2021.

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