Decisión nº C325-17, de Consejo de Transparencia de 5 de Mayo de 2017 - Doctrina Administrativa - VLEX 687238709

Decisión nº C325-17, de Consejo de Transparencia de 5 de Mayo de 2017

Fecha de Resolución 5 de Mayo de 2017
TipoDocumentos Oficiales
MateriaGestión de Personas
TemaSalud

DECISIÓN AMPARO ROL C325-17

Entidad pública: Servicio de Salud Talcahuano

Requirente: Pablo Fernández

Ingreso Consejo: 26.01.2017

En sesión ordinaria N° 799 del Consejo Directivo, celebrada el 5 de mayo de 2017, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C325-17.

VISTO:

Los artículos , inciso , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública y de la ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, orgánica constitucional sobre bases generales de la Administración del Estado; y los decretos supremos N° 13, de 2009 y N° 20, de 2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el reglamento del artículo primero de la ley N° 20.285, en adelante e indistintamente, el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: El 12 de diciembre de 2016, don Pablo Fernández solicitó al Servicio de Salud Talcahuano "los siguientes documentos de todos los funcionarios que ejecutan labores de planta, contrata y honorarios en dependencias de la dirección del Servicio de Salud Talcahuano de cada uno de los departamentos que cumplen funciones en Avenida Colón 3030, Talcahuano:

a) listado de feriados legales.

b) listado de permisos administrativos.

c) listado de licencias médicas.

d) hoja de vida funcionaria".

2) RESPUESTA: Mediante Oficio 1E/N° 54, de 9 de enero de 2017, el Servicio de Salud Talcahuano respondió a dicho requerimiento de información, denegando su entrega en virtud de las causales de reserva prescritas en el artículo 21 N° 1, letra c), y N° 2 de la Ley de Transparencia. Se adjunta cuadro con la cantidad de funcionarios que implica el requerimiento, lo que asciende a un total de 522.

Se indica que la extracción de la hoja de vida funcionaria de cada funcionario, la que a su vez contiene los feriados legales, permisos administrativos y el registro de licencias médicas, depende del Departamento de Gestión y Control de Personas, que cuenta con un total de 8 funcionarios más su jefatura. A continuación se describe la labor de cada uno de los funcionarios de dicha Unidad.

Se explica que, para extraer la hoja de vida funcionaria del Sistema de Información de Recursos Humanos "SIRH", la que aproximadamente posee 4 hojas, se debe designar a un funcionario para realizar la labor de manera exclusiva. Este funcionario tendría que extraer la hoja de vida de 357 funcionarios (correspondientes a la ley N° 18.834 y N° 19.664) del total que son 522 funcionarios que trabajan en las dependencias de la Dirección del Servicio de Salud, lo que involucra como mínimo 5 minutos por extracción, sumando un total de 1.785 minutos, dando como resultado aproximado 90 horas, lo que traducido en la jornada laboral de 9 horas diarias en días hábiles, tomaría 3 días completos dedicados a consolidar esta información.

Los 165 funcionarios restantes son a honorarios y no registran hoja de vida en el SIRH, siendo su hoja de vida registrada manualmente en un documento denominado "tarjetón", que contiene los mismos datos. Por tanto, recopilar el tarjetón de cada funcionario y sacar fotocopia de cada uno, significa como mínimo 5 minutos, sumando un total de 825 minutos, dando como resultado aproximado de 14 horas, lo que traducido a la jornada laboral de 9 horas diarias, tomaría 2 días completos dedicados a consolidar la información. Lo anterior da como resultado final que el funcionario estaría dedicado 5 días completos de su jornada laboral en recopilar los datos, para remitirlos vía correo electrónico y en papel -internamente- a la encargada de Transparencia del Servicio. Finalmente, dicha funcionaria ocuparía otros 5 días hábiles aproximadamente de su jornada laboral exclusivamente en consolidar toda la información requerida, lo que resulta de alto costo para el Departamento de Gestión y Control de Personas.

Hace presente que posteriormente, la encargada de Transparencia, debe imprimir la hoja de vida de los 357 funcionarios que fueron contratados bajo las leyes N° 18.834 y N° 19.664, y borrar los datos personales de contexto de cada funcionario: Rut, nacionalidad, estado civil, domicilio, teléfonos, inscripción militar, mesa, registro electoral, mesa y circunscripción, si estuviese especificado en la hoja. Posteriormente, con los datos personales tarjados, debe escanear cada hoja de vida para guardarla en el formato requerido (PDF) estimando un tiempo aproximado de 20 minutos, lo que al multiplicarlo por las 357 hojas de vida da un total de 7.140 minutos (119 horas), y al distribuirlo en la jornada laboral de 9 horas diarias en días hábiles...

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