Decisión nº C1981-18, de Consejo de Transparencia de 10 de Julio de 2018 - Doctrina Administrativa - VLEX 738400549

Decisión nº C1981-18, de Consejo de Transparencia de 10 de Julio de 2018

Fecha de Resolución10 de Julio de 2018
TipoDocumentos Oficiales
MateriaFunciones y Actividades Propias del órgano
TemaSalud

DECISIÓN AMPARO ROL C1981-18

Entidad pública: Instituto de Salud Pública de Chile (ISP)

Requirente: Pablo Andrés Morales Canales

Ingreso Consejo: 09.05.2018

RESUMEN

Se da por entregada la información solicitada al Instituto de Salud Pública, relativa a la base de datos de productos registrados por empresas ante el ISP, ya que con ocasión de los descargos el órgano proporcionó la información y consultado el reclamante sobre su conformidad, éste no se pronunció dentro del plazo otorgado, por lo que cabe concluir que se encuentra conforme con la misma.

En sesión ordinaria N° 906 del Consejo Directivo, celebrada el 10 de julio de 2018, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C1981-18.

VISTOS:

Los artículos , inciso , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública y de la ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, orgánica constitucional sobre bases generales de la Administración del Estado; y los decretos supremos N° 13, de 2009 y N° 20, de 2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el reglamento del artículo primero de la ley N° 20.285, en adelante e indistintamente, el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: Que el 4 de abril de 2018, don Pablo Andrés Morales Canales solicitó al Instituto de Salud Pública de Chile (ISP) "la base de datos con el detalle y la totalidad de las empresas que tienen productos registrados por el ISP y el estado de tal registro (vigente, en trámite, rechazado o no vigente), señalando al menos: la empresa, RUT, contactos, mails, producto, fecha de...

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