Causa nº 10690/2014 (Otros). Resolución nº 12487 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 20 de Enero de 2015
Fecha de Resolución | 20 de Enero de 2015 |
Movimiento | ACOGE REPOSICIÓN Y FALLA |
Rol de Ingreso | 10690/2014 |
Rol de Ingreso en Primer Instancia | -0-0 |
Emisor | Sala Cuarta (Mixta) |
Santiago, veinte de enero de dos mil quince.
Vistos y considerando:
Que en estos autos se solicita cumplir en Chile la sentencia que declara el divorcio dictada con fecha 17 de mayo de 1993 por el Juzgado Civil del Cantón Paztaza, Ecuador y, que rola a fojas 2 y siguiente.
Que a petición del Defensor de Ausentes, este Tribunal ordenó que los documentos otorgados en el extranjero se acompañaran por el solicitante debidamente protocolizados; resolución que fue objeto de reposición por el peticionario fundada en la improcedencia del trámite decretado.
Que habiéndose dado traslado de la reposición intentada, el Defensor de Ausentes lo evacuó señalando que la impugnación carece de fundamentos.
Que atendido lo dispuesto en el artículo 345 del Código de Procedimiento Civil, para validar en Chile los instrumentos públicos otorgados en el extranjero deberán presentarse debidamente legalizados por las autoridades competentes, entendiéndose que lo están cuando conste en ellos el carácter de público y la verdad de las firmas de las personas que los han autorizado, exigencia que se encuentra debidamente cumplida por el solicitante.
Que por estas consideraciones y disintiendo de la opinión del Defensor de Ausentes, el recurso necesariamente deberá ser acogido.
Y, visto, además, lo dispuesto en el artículo 242 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se acoge el recurso de reposición deducido en contra de la resolución de veintidós de diciembre de dos mi catorce escrita a fojas 60, dejándose sin efecto lo ordenado en el numeral segundo.
Pasen los antecedentes a la defensoría designada para que exponga lo pertinente como representante de los intereses de doña M.J.R.M..
N°10.690-2014.
Pronunciado por la Cuarta Sala de la Corte Suprema integrada por los Ministros señor Ricardo Blanco H., Señoras Gloria Ana Chevesich...
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