Decreto 7 - APRUEBA ORDENANZA PARA EL OTORGAMIENTO DE PERMISOS DE OCUPACION DE MODULOS DE ARRIENDO DE CASAS PARTICULARES
Emisor | MUNICIPALIDAD DE LA SERENA |
Rango de Ley | Decreto |
APRUEBA ORDENANZA PARA EL OTORGAMIENTO DE PERMISOS DE OCUPACION DE MODULOS DE ARRIENDO DE CASAS PARTICULARES
Núm. 7/02.- La Serena, 2 de enero de 2002.- Vistos: Acuerdo del Concejo Comunal Sesión Extraordinaria Nº 438 de fecha 19 de diciembre de 2001; lo dispuesto en los artículos 4º letras e) y l), 5º letra c), y 12º del texto refundido de la ley Nº 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades publicado el 11 de enero de 2000; y las facultades propias de mi cargo.
Considerando:
. El aumento progresivo del arriendo informal de casas particulares para alojamiento de turistas.
. El considerable número de personas que se ubican en la Ruta 5 y en las principales vías de acceso de la ciudad para ofrecer casas de arriendo a turistas.
. El riesgo de accidentes para las personas que se dedican a esta actividad, así también para los automovilistas que circulan por la carretera.
. La competencia ilegal a la hotelería establecida, con el no pago de los impuestos y derechos correspondientes, lo que afecta el desarrollo de la industria turística de la comuna.
D e c r e t o :
-
- Apruébase la siguiente Ordenanza para el otorgamiento de Permisos de Ocupación de Módulos de Arriendo de Casas Particulares.
Con el objeto de regular la actividad informal de arriendo de casas en temporada de verano, la Ilustre Municipalidad de La Serena, en el ejercicio de sus facultades, habilitará una serie de módulos ubicados en bienes nacionales de uso público, que los particulares podrán utilizar al efecto, cumpliendo los requisitos que se establezcan.
La presente Ordenanza tiene como propósito la regulación de las condiciones en las que el Municipio otorgará permisos de ocupación a los interesados que deseen utilizar dichos módulos.
Los permisos serán solicitados por la Sección Patentes Comerciales de la Ilustre Municipalidad de La Serena, previo informe favorable de la Secretaría Comunal de Turismo.
Se prohíbe la práctica de actividades de promoción de arriendo de casas particulares para alojamiento de turistas en temporada de verano, en vías o bienes nacionales de uso público, con excepción de aquellas que cuenten con permisos otorgados de acuerdo a la presente Ordenanza.
Requisitos para el Otorgamiento del Permiso
Los solicitantes deberán acreditar ante la Sección Patentes Comerciales, los siguientes...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba