Decreto 241 - OTORGA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TELEFONÍA MÓVIL A LA EMPRESA CIBELES TELECOM S.A. - MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 337198286

Decreto 241 - OTORGA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TELEFONÍA MÓVIL A LA EMPRESA CIBELES TELECOM S.A.

EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Rango de LeyDecreto
Fecha de entrada en vigor 7 de Diciembre de 2011

OTORGA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TELEFONÍA MÓVIL A LA EMPRESA CIBELES TELECOM S.A.

Santiago, 24 de octubre de 2011.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:

Núm. 241.- Vistos:

  1. El decreto ley Nº1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.

  2. La ley Nº18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley.

  3. La resolución N°1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.

  4. El decreto supremo Nº103, de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

  5. La resolución exenta Nº158, de 2006, de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, que aclara, interpretando, el sentido y alcance de las resoluciones exentas Nº354, de 1998, Nº1.117, de 1995, y Nº308, de 2000, de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en el sentido que indica.

    Considerando:

  6. Lo solicitado por la interesada, mediante ingreso Subtel Nº47.922, de 04.11.2010, complementado por ingreso Subtel Nº15.209, de 02.02.2011.

  7. Que no se presentaron oposiciones a la publicación en extracto de la solicitud de otorgamiento de la concesión.

    Decreto:

    Otórgase concesión de Servicio Público de Telefonía Móvil, a la empresa Cibeles Telecom S.A., RUT Nº76.713.160-7, con domicilio en Avda. 11 de Septiembre N°2134, oficina 305, comuna de Providencia, Región Metropolitana, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes.

    1. Autorízase a la concesionaria para operar y explotar el servicio público de telefonía móvil, como a continuación se indica:

      El servicio se suministrará mediante facilidades arrendadas a concesionarios de servicio público de telefonía móvil, por lo cual operará en las bandas de frecuencias destinadas, mediante norma técnica de esta Subsecretaría, al Servicio Público de Telefonía Móvil, lo cual será verificado al momento de la recepción de obras mediante la presentación de contratos convenidos con las concesionarias. La zona de servicio corresponde al territorio nacional.

    2. Los plazos de inicio y término de obras y de inicio del servicio son los que...

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