Decreto 722 - OTORGA CONCESION DE SERVICIO PUBLICO DE TELEFONIA MOVIL A LA EMPRESA BLUE TWO CHILE S.A.
Emisor | MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES |
Rango de Ley | Decreto |
OTORGA CONCESION DE SERVICIO PUBLICO DE TELEFONIA MOVIL A LA EMPRESA BLUE TWO CHILE S.A.
Santiago, 25 de julio de 2007.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
Núm. 722.- Vistos:
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El decreto ley Nº 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.
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La ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley.
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El Nº 1 del artículo 3º del párrafo III de la resolución Nº 55, de 1992, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por la resolución Nº 520, de 1996, ambas de la Contraloría General de la República.
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La resolución exenta Nº 158, de 2006, de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, que aclara, interpretando, el sentido y alcance de las resoluciones exentas Nº 354, de 1998, Nº 1.117, de 1995, y Nº 308, de 2000, de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en el sentido que indica.
Considerando:
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Lo solicitado por la interesada, mediante ingreso Subtel Nº 53.663, de 15.09.2006.
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Que la resolución exenta Nº 714, de 01.06.2007, que rechazó la oposición interpuesta por don Hernán Mario Lores, a nombre de Entel PCS Telecomunicaciones S.A., se encuentra firme o ejecutoriada.
Decreto:
Otórgase concesión de Servicio Público de Telefonía Móvil, a la empresa Blue Two Chile S.A., RUT Nº 99.505.690-9, con domicilio en calle San Carlos Nº 107, comuna de Valdivia, Décima Región, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes:
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Autorízase a la concesionaria para instalar, operar y explotar el servicio público de telefonía móvil como a continuación se indica:
El servicio será suministrado mediante facilidades de conmutación, transmisión y red de acceso arrendadas a terceros concesionarios de servicio público de telefonía móvil, lo cual será verificado al momento de la recepción de obras mediante la presentación de los contratos convenidos con las concesionarias.
a zona de servicio será todo el territorio nacional.
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Los plazos serán los que se indican a continuación:
Inicio Término Inicio
Obras Obras Servicio Observación
1 mes 10 meses 11 meses Todos estos plazos están
referidos a la fecha de
publicación en el Diario
Oficial del presente
decreto.
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Apruébase el proyecto técnico base de la solicitud presentada por la concesionaria conforme a las disposiciones técnico legales que rigen el servicio de telecomunicaciones concedido. La documentación respectiva quedará...
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