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Decreto Ley núm. 111, publicado el 08 de Noviembre de 1973. OTORGA AL RECTOR DELEGADO DE LA JUNTA DE GOBIERNO EN LA UNIVERSIDAD DE CHILE LAS ATRIBUCIONES QUE SEÑALA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE EDUCACION PUBLICA
Rango de LeyDecreto Ley

OTORGA AL RECTOR DELEGADO DE LA JUNTA DE GOBIERNO EN LA UNIVERSIDAD DE CHILE LAS ATRIBUCIONES QUE SEÑALA Decreto ley N° 111.- Santiago, 29 de Octubre de 1973.- Vistos:

Lo dispuesto por los decretos leyes N° 1, de 11 de Septiembre de 1973, que constituye la Junta de Gobierno de la República de Chile, y N° 50, de 1° de Octubre de 1973, que nombra Rectores Delegados de la misma Junta en todas las Universidades del país, y teniendo presente la necesidad de dotar al Rector Delegado de la Universidad de Chile de recursos legales que le permitan adaptar sus estructuras y servicios a las nuevas condiciones de la realidad nacional y a los postulados de la Junta de Gobierno,

ésta ha acordado y dicta el siguiente Decreto ley:

Artículo 1°

Las disposiciones de este decreto ley se considerarán de carácter especial respecto de toda otra norma jurídica aplicable a la Universidad de Chile y regirán hasta que se dicte una nueva legislación orgánica para esta corporación.

Artículo 2°

A contar desde la fecha de vigencia de este decreto ley el Rector Delegado de la Junta de Gobierno en la Universidad de Chile cumplirá las funciones y ejercerá las atribuciones que a continuación se indican respecto de todas las sedes, estructuras y organismos de la corporación:

  1. - Aquellas a que se refieren el decreto ley N° 50, de 1° de Octubre de 1973, y el decreto supremo N° 1.300 del Ministerio de Educación, de 3 de Octubre de 1973;

  2. - Todas las funciones y atribuciones que la legislación orgánica de la Universidad de Chile y demás leyes, reglamentos y decretos de cualquier naturaleza aplicables a ella, entregan a los Claustros Universitarios, a las autoridades colegiadas y unipersonales de la Corporación y a sus jefaturas de servicios;

  3. - Todas las atribuciones y funciones que las leyes, reglamentos y estatutos entregan al Directorio de la Corporación de Televisión de la Universidad de Chile, a su presidente y a su Director General, incluyendo la facultad de modificar los estatutos de esa Corporación;

  4. - Todas las atribuciones y funciones que la ley N° 17.336 y su reglamento entregan a la Comisión Permanente del Pequeño Derecho de Autor y al Director Ejecutivo del Departamento del Pequeño Derecho de Autor de la Universidad de Chile;

  5. - La facultad de resolver sobre todas las cuestiones relativas a la...

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