Otorga bono extraodinario para quienes ejerzan como vocales de las mesas receptoras de sufragio.
Fecha | 30 Septiembre 2008 |
Fecha de registro | 30 Septiembre 2008 |
Número de Iniciativa | 6119-05 |
Etapa | Tramitación terminada Ley Nº 20.298 (Diario Oficial del 21/10/2008) |
Materia | BONO EXTRAORDINARIO, VOCAL DE MESA ELECTORAL |
Cámara Legislativa de Origen | Mensaje,Cámara de Diputados |
Tipo de proyecto | Proyecto de ley |
MENSAJE DE S.E. LA PRESIDENTA DE LA REPUBLICA CON EL QUE INICIA UN PROYECTO DE LEY QUE ESTABLECE UN BONO EXTRAORDINARIO PARA QUIENES EJERZAN COMO VOCALES DE LAS MESAS RECEPTORAS DE SUFRAGIOS.
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SANTIAGO, septiembre 26 de 2008
MENSAJE Nº 828-356/
H
A S.E. EL
PRESIDENTE
DE LA H.
CÁMARA DE
DIPUTADOS.
onorable Cámara de Diputados:Tengo el honor de someter a consideración del H. Congreso Nacional, un proyecto de ley destinado a establecer un bono extraordinario para las personas que ejerzan efectivamente como vocales de las mesas receptoras de sufragios para elección municipal, a efectuarse el 26 de octubre de 2008.
- antecedentes.
Con ocasión del proceso electoral en curso, en el acto electoral del próximo 26 de octubre, un total de 167.050 ciudadanos se desempeñarán como vocales en las 33.410 mesas receptoras de sufragios constituidas en los locales de votación habilitados en el territorio nacional.
Como es sabido, esta carga pública es percibida por la ciudadanía como una obligación que importa grados de sacrificio injustificadamente gravosos, al tener que aportar no sólo su tiempo y trabajo, sino que también, solventar los gastos que les origina su permanencia en los locales de votación y los eventuales traslados en que deben incurrir. Es fácil concluir, a partir de ello, que esta situación incide en el interés por parte de los ciudadanos de ejercer también sus fundamentales derechos en esta materia.
Por lo anterior, el gobierno estima necesario adoptar medidas que hagan menos gravosa e injusta esta carga pública.
Cabe recordar que, con motivo de la segunda votación para la elección presidencial, efectuada en enero de 2006, el H. Congreso Nacional tuvo a bien aprobar un bono de similares características, el que se tradujo en la ley N° 20.092, publicada en el Diario Oficial de fecha 31 de diciembre de 2005.
- OBJETIVOS DEL PROYECTO.
Mediante el proyecto de ley que se somete a vuestra consideración, se entrega un bono extraordinario a las personas que desempeñen, efectivamente, la función de vocal de mesa receptora de sufragios durante la elección municipal a realizarse en el mes de octubre de 2008.
De este modo, se establece un beneficio extraordinario, otorgado por única vez, mientras no se aborden los ajustes y modificaciones necesarias a la norma que regula esta materia en la ley N° 18.700, Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios.
Dicho beneficio está dirigido, exclusivamente, a los vocales de mesas receptoras de sufragios que ejerzan, de modo efectivo, el cargo de vocal en dicha elección.
El bono será de $7.000, el que se pagará en cuota única, mediante cheque nominativo que deberá remitirse al domicilio del beneficiario.
El beneficio tendrá un costo máximo de $ 1.169.350.000, el que se financiará con cargo a los recursos contemplados en el presupuesto de la partida Ministerio del Interior, pudiendo efectuarse al efecto, las reasignaciones y traspasos que resulten necesarios.
- CONTENIDO DEL PROYECTO.
La presente iniciativa consta de dos artículos. El primero, establece el beneficio, define su monto, forma de pago, beneficiarios, limitaciones para su obtención y sanciones; el segundo, establece el financiamiento del bono durante el año 2008.
- Características del bono.
El beneficio que otorga el proyecto es un bono extraordinario, pagadero por una sola vez.
No constituye remuneración o renta para ningún efecto legal y, en consecuencia, no es imponible ni tributable y no está afecto a descuento alguno.
Su monto es de $7.000.
- Pago.
El bono extraordinario se pagará en cuota única, mediante el envío de cheque nominativo al domicilio del beneficiario o bien depositándolo en la cuenta bancaria que él indique al efecto.
El...
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