Decisión nº C2018-13, de Consejo de Transparencia de 21 de Marzo de 2014 - Doctrina Administrativa - VLEX 544596354

Decisión nº C2018-13, de Consejo de Transparencia de 21 de Marzo de 2014

Fecha de Resolución21 de Marzo de 2014
TipoDocumentos Oficiales
MateriaCompras y Licitaciones
TemaCultura y Artes

DECISIÓN AMPARO ROL C2018-13

Entidad pública: Instituto Nacional de Deportes - Dirección Regional de Coquimbo

Requirente: Oscar Soto Monsalvez

Ingreso Consejo: 18.11.2013.

En sesión ordinaria N° 509 de su Consejo Directivo, celebrada el 21 de marzo de 2014, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285, de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto del amparo Rol C2018-13.

VISTO:

Los artículos , inc. , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la Ley N° 20.285 y N° 19.880; lo previsto en el D.F.L. N° 1- 19.653 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575; y los D.S. N° 13/2009 y 20/2009 ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley N° 20.285, en adelante, indistintamente, el Reglamento y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) Que, el 14 de octubre de 2013, don Oscar Soto Monsalvez solicitó al Instituto Nacional de Deportes Región de Coquimbo (en adelante también el IND Coquimbo), información correspondiente a copia de las bases de licitación y del contrato de administración provisoria de la piscina semi olímpica del CENDYR de La Serena, dependiente del IND Región de Coquimbo.

2) Que, el 23 de octubre de 2013, don Oscar Soto Monsalvez dedujo amparo a su derecho de acceso a la información en contra del IND Coquimbo, fundado en que no recibió respuesta a su solicitud.

3) Que en sus descargos, evacuados a través de Oficio N° 5 de 8 de enero de 2014, el Director Regional de Coquimbo del IND señaló haber elaborado una respuesta a la solicitud del requirente, mediante Oficio N° 516, de 8 de noviembre de 2013, pero que debido a un error informático esta respuesta no fue enviada al destinatario del correo, don Oscar Soto...

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