Organización en el agua: no hay plazo que no se cumpla - 20 de Junio de 2022 - El Mercurio - Noticias - VLEX 906513188

Organización en el agua: no hay plazo que no se cumpla

El 6 de abril entró en vigencia la ley 21.435 que modifica el Código de Aguas, que establece la obligación de formar, entre otras, las Comunidades de Aguas Subterráneas (Casub) dentro de un año contado desde la declaración de una Zona de Prohibición o un Área de Restricción, y dispone que los titulares de Derechos de Aprovechamiento de Aguas (DAA) que no participen en este proceso no podrán obtener autorización de cambios de punto de captación de sus DAA.En Chile existen actualmente 101 Sectores Hidrogeológicos de Aprovechamiento Común declarados Zona de Prohibición y 98, áreas Áreas de Restricción. Es inminente que las Casub de esas cuencas o acuíferos se organicen y formalicen sus directivas. La experiencia indica que solo su tramitación ante el ente fiscalizador puede durar más de 12 meses, lo que revela que aquellas comunidades que no estén ya actuando, están tarde y deben hacerlo con máxima prontitud.La urgencia no solo responde a las limitaciones que arriesgan sobre sus derechos, sino que también aumenta las dificultades para que los titulares de los derechos instalen y mantengan un sistema de medición de caudales y volúmenes extraídos, de acuerdo a lo que exige la resolución N° 1238 de la Dirección General de Aguas (DGA), que señala a las Comunidades de Aguas Subterráneas como responsables de reportar la información que se recabe de los usuarios, con el objetivo de regular la extracción y niveles de acuíferos, los caudales de ríos y reservas subterráneas en pro de la sostenibilidad.Dado que...

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