Ordinario Nº 834 de Servicio de Impuestos Internos, 14/03/2023 - Doctrina Administrativa - VLEX 925565252

Ordinario Nº 834 de Servicio de Impuestos Internos, 14/03/2023

Fecha14 Marzo 2023
Número de oficio834
MateriaVentas y Servicios – Ley sobre Impuesto a las – Art. 2 N° 2 – Ley N° 21.420 – Decreto Ley N° 2442 de 1978, Art. 16 Letra J – Decreto N° 147 de 2015 de Ministerio de Economía, Fomento y Turismo.
VENTAS Y SERVICIOS LEY SOBRE IMPUESTO A LAS ART. 2 N° 2 LEY N°
21.420 DECRETO LEY N° 2442 DE 1978, ART. 16 LETRA J DECRETO N° 147 DE
2015 DE MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
(ORD. N° 834, DE 14.03.2023)
IVA de la certificación de exportación de productos pesqueros.
De acuerdo con su ordinario, las empresas del sector pesquero y acuícola, para efectos de exportar
sus productos, certifican la calidad sanitaria de los mismos, certificación que es efectuada por el
Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura (SERNAPESCA) y por el cual se efectúa un cobro
regulado en el Decreto N° 147 de 2015, consultando si dicho cobro se encuentra afecto a IVA.
Al respecto y como es de su conocimiento, la Ley N° 21.420 modificó
1
, a contar del 1° de enero
de 2023
2
, el concepto de hecho gravado “servicio” contenido en el N° 2°) del artículo 2° de la Ley
sobre Impuesto a las Ventas y Servicios (LIVS), eliminando el requisito que la remuneración del
servicio provenga del ejercicio de alguna de las actividades clasificadas en los números 3 o 4 del
artículo 20 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR).
Luego, a contar de la fecha indicada, se grava con IVA toda acción o prestación que una persona
realiza para otra y por la cual percibe un interés, prima, comisión o cualquiera otra forma de
remuneración, salvo que concurra alguna exención.
Precisado lo anterior, se tiene presente que, conforme la letra j) del artículo 16 del Decreto Ley N°
2442 de 1978, corresponde al Director Nacional de SERNAPESCA controlar la calidad de los
productos pesqueros de importación y exportación y otorgar los certificados oficiales
correspondientes, agregando que para estos efectos podrá encomendar la labor de análisis a
entidades públicas o privadas que cumplan con los requisitos que fije el reglamento respectivo.
En ese orden de ideas, el mencionado Decreto 147 de 2015 establece las tarifas
correspondientes a los servicios de inspección, verificación y certificación de calidad, sanidad,
origen y especial otorgados por SERNAPESCA respecto de los productos y subproductos
pesqueros y especies acuáticas de exportación.
Luego, se trata de un servicio gravado con IVA conforme la definición vigente contenida en el N°
2°) del artículo 2° de la LIVS.
HERNÁN FRIGOLETT CÓRDOVA
DIRECTOR
Oficio N° 834, de 14.03.2023
Subdirección Normativa
Depto. de Impuestos Indirectos
1
N° 1 del artículo 6 de la Ley N° 21.420.
2
Inciso primero del artículo octavo transitorio de la Ley N° 21.420.

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