Ordinario Nº 454 de Servicio de Impuestos Internos, 06/02/2019 - Doctrina Administrativa - VLEX 776310541

Ordinario Nº 454 de Servicio de Impuestos Internos, 06/02/2019

Número de oficio454
Fecha06 Febrero 2019
Tipo de documentoRenta
MateriaRenta – Actual Ley sobre Impuesto a la – Art. 63 Art. 54, Art. 62 – Convenio entre la República de Chile y el Reino de Noruega para evitar la Doble Imposición y para Prevenir la Evasión Fiscal en relación a los Impuestos a la Renta y al Patrimonio, Art. 23.
1
RENTA ACTUAL LEY SOBRE IMPUESTO A LA ART. 63 ART. 54, ART. 62
CONVENIO ENTRE LA REPÚBLICA DE CHILE Y EL REINO DE NORUEGA PARA
EVITAR LA DOBLE IMPOSICIÓN Y PARA PREVENIR LA EVASIÓN FISCAL EN
RELACIÓN A LOS IMPUESTOS A LA RENTA Y AL PATRIMONIO, ART. 23 LEY
N° 20.780, ARTÍCULO TERCERO TRANSITORIO, TÍTULO I, N°11, LETRA H) LEY
N° 20.899, DE 2016 CIRCULAR 17, DE 2016. (ORD. N° 454, DE 06.02.2019)
Certificado de situación tributaria para efectos de convenio para evitar la doble imposición
Se ha solicitado un pronunciamiento de esta Dirección Nacional respecto de la emisión de
certificados de situación tributaria para efectos de la aplicación del Convenio con Noruega, de
remesas efectuadas con cargo a utilidades gravadas con el régimen opcional de tributación sobre
rentas acumuladas y retiros en exceso.
I. ANTECEDENTES:
En el oficio de esa Dirección Regional se expone, que la sociedad XXX, solicitó dos certificados
de situación tributaria para presentarlos a la autoridad tributaria de Noruega, para los efectos de
invocar los beneficios del Convenio entre la República de Chile y el Reino de Noruega para evitar
la doble imposición y para prevenir la evasión fiscal en relación a los impuestos a la renta y al
patrimonio.
Las solicitudes presentadas por internet, fueron denegadas porque el sistema no contaba con la
información suficiente para emitir los certificados.
Es por ello que, la sociedad hizo una presentación mediante una carta en la que expone que sus
dos únicos socios son personas de nacionalidad noruega, sin domicilio ni residencia en Chile y
que dichas personas efectuaron retiros que corresponden a utilidades recibidas de la sociedad
TTTTTT. En la carta se pide que se certifique, para los efectos de acreditar ante las autoridades
noruegas que, si bien esos retiros no quedaron afectos al impuesto adicional al momento de la
remesa, sí pagaron impuesto conforme al régimen transitorio de tributación sobre utilidades
tributables acumuladas en el FUT, contemplado en el artículo primero transitorio de la Ley N°
20.899.
Esa Dirección Regional después de verificar todos los antecedentes del caso expuesto, corroboró
que los montos remesados están asociados a utilidades por las cuales se pagó el citado impuesto,
pero para emitir el Certificado de Situación Tributaria en Chile se requeriría un pronunciamiento
sobre diversos aspectos, lo que se aborda en el análisis.
II. ANÁLISIS:
1. El artículo primero transitorio de la Ley N° 20.899 de 2016 establece que a partir del 1 de
enero de 2016, los contribuyentes sujetos al impuesto de primera categoría sobre la base de
un balance general según contabilidad completa, que hayan iniciado actividades con
anterioridad al 1 de diciembre de 2015, y que al término de los años comerciales 2015 y
2016, según corresponda, mantengan un saldo de utilidades no retiradas, remesadas o
distribuidas pendientes de tributación con los impuestos global complementario o
adicional, determinadas conforme a lo dispuesto en la letra A) del artículo 14 de la Ley
sobre Impuesto a la Renta, según su texto vigente a esa fecha, podrán pagar a título de
impuesto de esa ley, un impuesto sustitutivo de los impuestos finales, sobre una parte o el
total de dichos saldos de utilidades, aplicando al efecto lo dispuesto en el número 11, del
numeral I., del artículo tercero transitorio de la Ley N° 20.780.
Como se puede observar, la norma indicada establece un régimen que anticipa la
declaración y pago de los impuestos global complementario o adicional de las rentas
acumuladas en el Registro Fondo de Utilidades Tributables (FUT), pendientes de

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR